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SANCHEZ, MARIANELA YANINA c/ MEDICUS SOCIEDAD ANONIMA DE ASISTENCIA MEDICA Y CIENTIFICA s/AMPARO LEY 16.986

Acción de amparo solicitó cobertura de cirugía torácica oncológica y autorización de código de internación. El Juzgado Federal de Victoria hizo lugar al amparo y ordenó a Medicus la cobertura integral inmediata de la intervención y la autorización del código para internación en el Sanatorio La Entrerriana, imponiendo además las costas a la demandada.

Amparo Ley 16.986 Obra social Cobertura medica Cirugia toracica oncologica Autorizacion de codigo 050-401 Internacion Costas Honorarios Juzgado federal victoria

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Marianela Yanina SANCHEZ, afiliada a Medicus. Demandado: Medicus Sociedad Anónima de Asistencia Médica y Científica. Objeto: Cobertura integral y autorización inmediata de cirugía torácica oncológica (decorticación por VATS derecha, biopsia de pleura y pleurodesis por derrame pleural derecho), incluyendo la autorización del código 050-401 para internación en Clínica / Sanatorio “La Entrerriana” de Paraná y la aprobación integral del presupuesto y honorarios profesionales necesarios. Decisión: Se hizo lugar a la demanda de amparo y se ordenó a Medicus proveer, de manera inmediata, la cobertura integral de la cirugía torácica oncológica indicada, comprendiendo la autorización del código correspondiente para su internación en el Sanatorio “La Entrerriana” de Paraná, conforme prescripción médica; se impusieron las costas a la demandada y se regularon honorarios conforme se indica en la parte resolutiva.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "Que, cabe advertir que no se encuentra controvertida la afiliación de Marianela Yanina SANCHEZ, ni la grave enfermedad que padece, ni la necesidad de la intervención quirúrgica prescrita por el médico tratante. Que, lo que se debate en esta instancia en relación al fondo del asunto consiste en determinar si la EMP demandada cumplió cabalmente con la prestación requerida y si ello amerita la declaración de abstracción de la cuestión. Que, sentado ello, se observa que no surge de las constancias agregadas a autos que la EMP haya cumplido con la autorización de la intervención quirúrgica en los términos planteados por la amparista para poder ejecutarse, y que es en definitiva el objeto del presente amparo, circunstancia que impide declararlo abstracto. Que, en virtud de ello, no cabe más que concluir que la obra social no ha cumplido cabalmente con la prestación requerida, por lo que no corresponde declarar abstracta la cuestión, en tanto Medicus no ha acreditado los extremos que postula, de conformidad con las reglas de la carga probatoria establecidas en el art. 377 del CPCCN, aplicable en virtud de lo dispuesto en el art. 17 de la Ley N° 16.986." "Que, entonces, se dispone hacer lugar a demanda interpuesta por Marianela Yanina SANCHEZ, ordenando a Medicus Sociedad Anónima de Asistencia Médica y Científica que provea, de manera inmediata, la cobertura integral de la cirugía torácica oncológica indicada, la que deberá comprender la autorización del código correspondiente para su internación el Sanatorio 'La Entrerriana' de Paraná, conforme prescripción médica."
- Votos en disidencia: No constan votos en disidencia en la resolución suministrada.

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