SACOMANI, LUISA MERCEDES c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora impugnó el reajuste de su prestación previsional y la validez de decretos y normas de movilidad. La Cámara Federal de Mar del Plata hizo lugar a la apelación, declaró inconstitucionales los Decretos 163/2020, 495/2020, 692/2020 y 899/2020, ordenó pagar la diferencia conforme al art. 32 de la ley 24.241 (mod. por ley 27.426) y revocó parcialmente la sentencia para diferir comprobaciones de quitas al trámite de liquidación.
¿Quién es el actor?
SACOMANI, LUISA MERCEDES.
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios de haberes previsionales — impugnación del índice de actualización aplicado al haber inicial (PBU), inconstitucionalidad de decretos del PEN 163/2020, 495/2020, 692/2020 y 899/2020; cuestionamiento del art. 1 de la ley 27.609; aplicación de índices (RIPTE, Resol. ANSeS 56/2018); exención de impuesto a las ganancias; costas.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar al recurso de la actora; se declaró la inconstitucionalidad de los Decretos 163/2020, 495/2020, 692/2020 y 899/2020 y se ordenó a ANSeS abonar la diferencia que surja entre lo percibido y lo que hubiere correspondido de aplicarse el art. 32 de la ley 24.241 modificado por la ley 27.426; se revocó parcialmente la sentencia de grado para diferir a la etapa de liquidación la demostración de eventuales quitas o merma confiscatoria respecto del ajuste de la PBU y se confirmó la declaración de inconstitucionalidad del art. 1º de la ley 27.609 (debiendo aplicarse el IPC-INDEC/precedentes citados); se confirmó el resto de la sentencia apelada y se impusieron las costas a la vencida.
- Fundamentos principales (transcripciones literales relevantes):
"En consecuencia, corresponde DECLARAR la inconstitucionalidad de los Dec. 163/2020 495/2020, 692/2020 y 899/2020, y con ello ordenar a la demandada a que abone la diferencia que surja entre lo percibido por la actora y lo que hubiere percibido de aplicarse el art. 32 de la ley 24.241, modificado por la ley 27.426.-"
"Con ello corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609, debiendo estarse al Índice de Precios al Consumidor que publica el INDEC.-"
"II.
- REVOCAR parcialmente la sentencia del Sr Juez de grado y en consecuencia, diferir para la etapa de liquidación la demostración de la eventual quita o merma confiscatoria, por quien pretende el ajuste de la PBU, de conformidad con lo dispuesto por la CSJN en el fallo, 'Quiroga' señalado precedentemente; en cuanto ordena RECOMPONER el haber a partir del mensual 09/2022..."
- Votos y disidencias: la resolución final consta suscripta por los Dres. Eduardo P. Jiménez y Alejandro O. Tazza; el Dr. Santiago J. Martín se halló excusado. No consta disidencia en el bloque dispositivo final.
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