PIETRANGELO, GUSTAVO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor demandó a ANSES por reajustes varios de haberes previsionales y cuestionó la aplicación de bonos extraordinarios y la constitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609. La Cámara Federal de Mar del Plata revocó parcialmente la sentencia de grado, declaró inconstitucional el art. 1 de la ley 27.609 y diferió para liquidación la evaluación de topes y de eventuales quitas; confirmó el resto de la sentencia y condenó en costas a la vencida.
¿Quién es el actor?
PIETRANGELO, GUSTAVO.
¿A quién se demanda?
ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios de haberes previsionales (PBU), impugnación del tratamiento de bonos extraordinarios como refuerzo de movilidad, impugnación de la constitucionalidad del art. 1 de la Ley 27.609 y de la ley 23.928, tratamiento de topes a haberes, exención del impuesto a las ganancias y costas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia de grado (modificando la orden de recomponer el haber desde 09/2022 respecto del denominado "Bono Extraordinario Previsional"), declaró la inconstitucionalidad e inaplicabilidad al caso del art. 1º de la ley 27.609 (debiendo aplicarse el Índice de Precios al Consumidor que publica el INDEC y lo resuelto en autos precedentes citados), diferió para la etapa de liquidación la demostración de eventuales quitas o merma confiscatoria y el tratamiento de los topes para la ejecución de sentencia; confirmó el resto de la sentencia apelada y condenó en costas a la vencida. (Véase parte resolutiva transcripta arriba.)
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcripto del fallo):
"Con ello corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609, debiendo estarse al Índice de Precios al Consumidor que publica el INDEC."
"I.
- REVOCAR parcialmente la sentencia del Sr Juez de grado y en consecuencia, diferir para la etapa de liquidación la demostración de la eventual quita o merma confiscatoria, por quien pretende el ajuste de la PBU, de conformidad con lo dispuesto por la CSJN en el fallo, 'Quiroga' señalado precedentemente, revocar en cuanto ordena RECOMPONER el haber a partir del mensual 09/2022 y hasta que deje de otorgarse el actualmente llamado 'Bono Extraordinario Previsional', y en consecuencia confirmar la DECLARACION DE INCONSTITUCIONALIDAD e INAPLICABILIDAD al caso de Autos, del art. 1º de la ley 27.609..."
"II.
- REVOCAR el tratamiento de los topes y diferir el mismo para la etapa de ejecución de sentencia."
"III.
- CONFIRMAR EL RESTO DE LA SENTENCIA de autos en cuanto fue materia de apelación y agravio; IV.
- IMPONER las costas de ambas instancias a la vencida (art. 36 de la ley 27.423 y art. 68 del CPCCN)."
- Votos/disidencia: No consta disidencia en el acuerdo; el Dr. Santiago J. Martín se encuentra excusado. Los firmantes son los Dres. Eduardo P. Jiménez y Alejandro O. Tazza.
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