RODRIGUEZ, ALCIDE c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD
Reclamó reajuste previsional por movilidad contra ANSES. La Cámara Federal de Mar del Plata revocó parcialmente la sentencia de grado para recomponer el haber desde 09/2022 hasta que cese el “Bono Extraordinario Previsional” y declaró inconstitucional el art. 1º de la ley 27.609, confirmando el resto y imponiendo costas a la vencida.
¿Quién es el actor?
RODRIGUEZ, ALCIDE.
¿A quién se demanda?
ANSES.
- Objeto de la demanda: Reajustes por movilidad y reclamo de recomposición del haber previsional (reajustes por movilidad, inclusión de bonos extraordinarios en la base de cálculo, exención del impuesto a las ganancias, tasa de interés).
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente lo resuelto en primera instancia para ordenar la recomposición del haber a partir del mensual 09/2022 y hasta que deje de otorgarse el denominado "Bono Extraordinario Previsional", y en consecuencia confirmó la declaración de inconstitucionalidad e inaplicabilidad del art. 1º de la ley 27.609 en el caso concreto, debiendo aplicarse lo dispuesto en los fallos "PALACIOS..." y “GIMENEZ...”. El resto de la sentencia de grado fue confirmado y se impusieron las costas de ambas instancias a la vencida.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"IV.
- En cuanto al agravio vinculado con la aplicación de bonos extraordinarios como refuerzo de movilidad, cabe remitir en este caso a los fundamentos expresados por ésta Alzada en los autos: 'GARECA, MARIA TERESA c/ ANSES s/AMPARO LEY 16.986' ... que pasan a formar parte en lo pertinente del presente resolutorio. Con ello corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609, debiendo estarse al Índice de Precios al Consumidor que publica el INDEC."
"I.
- REVOCAR PARCIALMENTE el decisorio en cuanto ordena, RECOMPONER el haber a partir del mensual 09/2022 y hasta que deje de otorgarse el actualmente llamado 'Bono Extraordinario Previsional', y en consecuencia confirmar la DECLARACION DE INCONSTITUCIONALIDAD e INAPLICABILIDAD al caso de Autos, del art. 1º de la ley 27.609, debiendo aplicarse aquí lo resuelto en el fallo 'PALACIOS, JUAN CEFERINO c/ ANSeS s/REAJUSTES VARIOS...'"
"II.
- CONFIRMAR el resto de la SENTENCIA del Juez de grado, en cuanto fue materia de apelación y agravio."
- Sobre la tasa de interés: "II.
- En relación al agravio vinculado con la tasa de interés aplicada, corresponde remitir a lo examinado por esta Alzada en los autos 'AGUIRRE, MARIA NORA c/ ANSeS s/IMPUGNACION de ACTO ADMINISTRATIVO' ... y disponer que a las sumas adeudadas se le adicionen intereses, conforme la tasa pasiva promedio que elabora el Banco Central de la República Argentina..."
- Disidencias relevantes: No se registra voto en disidencia en la parte resolutiva; se deja constancia de la excusación del Dr. Santiago J. Martin.
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