ALVAREZ, NOELIA ELISABET c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD
La actora impugnó el reajuste de su haber previsional por aplicación de la ley 27.609 y bonos extraordinarios. La Cámara Federal de Mar del Plata revocó parcialmente la sentencia y declaró inconstitucional e inaplicable el art. 1º de la ley 27.609 para este caso, ordenando recomponer el haber desde 09/2022 hasta que cese el Bono Extraordinario Previsional, y confirmó el resto del pronunciamiento de primera instancia.
¿Quién es el actor?
ALVAREZ, NOELIA ELISABET.
¿A quién se demanda?
ANSeS.
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes de haberes previsionales; impugnación por aplicación de la ley 27.609 (bonos extraordinarios/refuerzos de movilidad), tratamiento de inconstitucionalidades de diversas normas, determinación de tasa de interés y costas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente el decisorio de grado en cuanto ordenaba recomponer el haber, disponiendo que se reconstituya el haber a partir de septiembre de 2022 y hasta que deje de otorgarse el "Bono Extraordinario Previsional"; en consecuencia confirmó la declaración de inconstitucionalidad e inaplicabilidad del art. 1º de la ley 27.609 para el caso; aplicó lo resuelto en los autos Palacios y Giménez; confirmó el resto de la sentencia de grado respecto de los agravios y condenó en costas a la parte vencida.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"III.
- En cuanto al agravio vinculado con la aplicación de bonos extraordinarios como refuerzo de movilidad, cabe remitir en este caso a los fundamentos expresados por ésta Alzada en los autos: “GARECA, MARIA TERESA c/ ANSES s/AMPARO LEY 16.986” 3700/2024/CA1, 'PROTOCOLO Aco. 6/14 Materias Civiles' Clave: FMP 003700/2024/CA001 Fecha: 15/09/2025”, “PALACIOS, JUAN CEFERINO c/ ANSeS s/REAJUSTES VARIOS, Expediente Nº 4223/2024”, 'PROTOCOLO Aco. 6/14 Materias Civiles' Clave: FMP 004223/2024/CA001 Fecha: 14/08/2025, que remite a los Autos “GIMENEZ, MIRTA NOEMI c/ ANSeS s/REAJUSTES VARIOS", Expte. Nro. 3073/2022, ('PROTOCOLO Aco. 6/14 Materias Civiles' Clave: FMP 003073/2022/CA001 Fecha: 25/04/2025) y su (aclaratoria de fecha 13/06/2025), que pasan a formar parte en lo pertinente del presente resolutorio. Con ello corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609, debiendo estarse al Índice de Precios al Consumidor que publica el INDEC."
"V.
- En relación al agravio vinculado con la tasa de interés aplicada, corresponde remitir a lo examinado por esta Alzada en los autos “AGUIRRE, MARIA NORA c/ ANSeS s/IMPUGNACION de ACTO ADMINISTRATIVO”, 'PROTOCOLO Aco. 6/14 Materias Civiles' Clave: FMP 007771/2020/CA003 Fecha: 14/10/2024, y disponer que a las sumas adeudadas se le adicionen intereses, conforme la tasa pasiva promedio que elabora el Banco Central de la República Argentina, remitiendo a los fundamentos allí expresados que pasan a formar parte en lo pertinente del presente resolutorio."
- Disidencias: No consta voto en disidencia; se deja constancia de que el Dr. Santiago J. Martin se encuentra excusado.
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