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CHAAR, JUAN JOSE c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

Reclamo de reajustes previsionales por bonos extraordinarios contra ANSES. La Cámara revocó parcialmente la sentencia de grado ordenando recomponer el haber desde 09/2022 mientras se otorgue el Bono Extraordinario Previsional y declaró la inaplicabilidad del art. 1º de la ley 27.609, confirmando el resto de la sentencia y imponiendo costas a la vencida.

Anses Reajustes Bono extraordinario previsional Ley 27.609 Inconstitucionalidad Indice de precios al consumidor (indec) Recomposicion de haber Costas Apelacion Seguridad social.


¿Quién es el actor?

CHAAR, JUAN JOSE.

¿A quién se demanda?

ANSES.
- Objeto de la demanda: Reajustes por movilidad de haberes previsionales (cuestión de inclusión de bonos extraordinarios en el cálculo y tratamiento de inconstitucionalidad del art. 1º de la ley 27.609; además planteos sobre art. 9 Ley 24.241 y 24.463, exención del impuesto a las ganancias y costas).

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Mar del Plata revocó parcialmente la sentencia de primera instancia en lo que ordenaba recomponer el haber, disponiendo que la recomposición se haga a partir del mensual 09/2022 y mientras se otorgue el "Bono Extraordinario Previsional"; declaró la inaplicabilidad del art. 1º de la ley 27.609 al caso y remite a lo resuelto en autos PALACIOS y GIMENEZ; confirmó el resto de la sentencia apelada; e impuso las costas de ambas instancias a la vencida.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos): "Con ello corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609, debiendo estarse al Índice de Precios al Consumidor que publica el INDEC." "En relación a los agravios vinculados con la aplicación de bonos extraordinarios ... corresponde remitir en este caso a los fundamentos expresados por ésta Alzada en los autos: 'GARECA, MARIA TERESA c/ ANSES s/AMPARO LEY 16.986' ... que pasan a formar parte en lo pertinente del presente resolutorio. Con ello corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609, debiendo estarse al Índice de Precios al Consumidor que publica el INDEC." "Por ello, éste Tribunal RESUELVE: I.
- REVOCAR PARCIALMENTE el decisorio en cuanto ordena, RECOMPONER el haber a partir del mensual 09/2022 y hasta que deje de otorgarse el actualmente llamado 'Bono Extraordinario Previsional', y en consecuencia confirmar la DECLARACION DE INCONSTITUCIONALIDAD e INAPLICABILIDAD al caso de Autos, del art. 1º de la ley 27.609..."
- Disidencias: No consta voto en disidencia; se deja constancia que el Dr. Santiago J. Martin se encuentra excusado.

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