ELIAS, ALEJANDRO JAVIER c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)
Reclamó jubilación por invalidez contra ANSES por incapacidad previsional. La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba confirmó el dictamen médico y fijó la incapacidad en 16,48%, por lo que el actor no reúne los requisitos para obtener la jubilación por invalidez.
¿Quién es el actor?
Alejandro Javier Elías.
¿A quién se demanda?
ANSES.
- Objeto de la demanda: Solicitud de retiro/jubilación por invalidez conforme art. 49 p.4. y art. 48 de la Ley 24.241.
¿Qué se resolvió?
Se fijó la incapacidad del actor en el 16,48% y, en consecuencia, se confirmó el dictamen de la Comisión Médica Central en cuanto estableció que el actor no reúne los requisitos para la obtención de la jubilación por invalidez; se impusieron las costas de la Alzada en el orden causado y se difirió la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (trascripción de párrafos relevantes):
"I.
- Conferida vista al Cuerpo Médico Forense para que estime el grado de incapacidad en la que está afectado el señor Alejandro Javier Elías desde el punto de vista previsional, el facultativo informa que las patologías son: Limitación funcional de columna dorso lumbar (10%); Pérdida de agudeza visual (3,6%); y Limitación funcional de columna cervical (1,73%). Las mencionadas patologías le provocan al accionante una incapacidad a los fines previsionales del 15,33% de la total obrera, la cual, sumada a los porcentajes atribuidos a los factores complementarios, comprendidos por la edad (-) y el nivel educativo (1,15%) arroja un total de incapacidad del 16,48%."
"II.
- Por lo expuesto, no existiendo elementos de juicio que desvirtúen las fundadas conclusiones del informe médico donde el profesional interviniente ha evaluado los factores complementarios como la edad y el nivel de educación y en atención a lo dispuesto por el art. 48 de la ley 24.241 y lo decidido por la C.S.J.N. en autos: 'Sosa Raúl c/ ANSeS s/ Retiro por Invalidez', del 26 de diciembre de 2017 (Fallos: 340:2021) corresponde fijar la incapacidad del actor en el 16,48% y confirmar el dictamen de la Comisión Médica Central, en cuanto estableció que el actor no reúne los requisitos exigidos por el inc. a del art. 48 de la ley 24.241 para obtener el beneficio de retiro por invalidez; debiendo tenerse en cuenta el porcentaje de incapacidad establecido por el Cuerpo Médico Forense, sin perjuicio de la posible reapertura del proceso en el supuesto de que la recurrente aportara nuevos elementos de juicio en los términos de la Ley 20.606."
"III.
- En relación a las costas de esta Alzada, corresponde remitirse a los precedentes 'Ceballos, Octabio Domingo c/ ANSES s/ Retiro por Invalidez (Art. 49 P. 4. LEY 24.241)' (Expte. N° CSS 49966/2022/CA1-CA2), Sentencia de fecha 27 de Noviembre de 2023 (Sala B), y 'Gutiérrez, Víctor Hugo c/ ANSES s/ Retiro por Invalidez (Art. 49 P. 4. LEY 24.241)' (Expte. N° CSS 36251/2022/CA01), Sentencia de fecha 23 de Febrero de 2024 (Sala A). En las citadas causas se explicitaron las razones por las cuales las costas de esta instancia se impondrán por el orden causado. En su mérito, las costas de esta instancia se impondrán por su orden (conforme artículo 36 de la Ley N° 27.423), difiriéndose la regulación de honorarios que corresponda para su oportunidad."
- Votos en disidencia: No se registran votos en disidencia en la parte resolutiva final.
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