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NAVARRETE, JULIO CESAR c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)

Reclamó jubilación por invalidez contra ANSES por incapacidad. La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba confirmó el dictamen de la Comisión Médica Central fijando la incapacidad en 35,25% y concluyó que el actor no reúne los requisitos para obtener la jubilación por invalidez.

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Actor: Julio César Navarrete. Demandado: ANSES. Objeto de la demanda: Solicitud de retiro/jubilación por invalidez conforme art. 49 p.4 y art. 48 de la Ley 24.241.

¿Qué se resolvió?

Se fijó la incapacidad del actor en el 35,25% y se confirmó el dictamen de la Comisión Médica Central en cuanto estableció que el actor no reúne los requisitos para la obtención de la jubilación por invalidez; se impusieron las costas de esta Alzada en el orden causado, difiriéndose la regulación de honorarios. Fundamentos principales (textos transcritos del fallo):
- "Conferida vista al Cuerpo Médico Forense para que estime el grado de incapacidad en la que está afectado el señor Julio César Navarrete desde el punto de vista previsional, el facultativo informa que las patologías son: Flebopatía periférica estadio III (15%); Hipoacusia bilateral (8,7%); e Hipertensión arterial estadio II (7,63%). Las mencionadas patologías le provocan al accionante una incapacidad a los fines previsionales del 31,33% de la total obrera, la cual, sumada a los porcentajes atribuidos a los factores complementarios, comprendidos por la edad (2,35%) y el nivel educativo (1,57%) arroja un total de incapacidad del 35,25%."
- "Por lo expuesto, no existiendo elementos de juicio que desvirtúen las fundadas conclusiones del informe médico donde el profesional interviniente ha evaluado los factores complementarios como la edad y el nivel de educación y en atención a lo dispuesto por el art. 48 de la ley 24.241 y lo decidido por la C.S.J.N. en autos: 'Sosa Raúl c/ ANSeS s/ Retiro por Invalidez', del 26 de diciembre de 2017 (Fallos: 340:2021) corresponde fijar la incapacidad del actor en el 35,25% y confirmar el dictamen de la Comisión Médica Central, en cuanto estableció que el actor no reúne los requisitos exigidos por el inc. a del art. 48 de la ley 24.241 para obtener el beneficio de retiro por invalidez; debiendo tenerse en cuenta el porcentaje de incapacidad establecido por el Cuerpo Médico Forense, sin perjuicio de la posible reapertura del proceso en el supuesto de que la recurrente aportara nuevos elementos de juicio en los términos de la Ley 20.606."
- "En su mérito, las costas de esta instancia se impondrán por su orden (conforme artículo 36 de la Ley N° 27.423), difiriéndose la regulación de honorarios que corresponda para su oportunidad." Disidencia: No consta voto en disidencia en el acuerdo final; la decisión fue tomada por los jueces que suscriben.

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