DELGADO, LIDIA NICOLASA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora ejercitó demanda contra ANSeS por reajustes varios del haber previsional. La Cámara Federal de Córdoba modificó en parte la sentencia de grado ordenando recalcular el haber inicial conforme los lineamientos del fallo, difiriendo la determinación de la Prestación Básica Universal para la etapa de liquidación y declarando la constitucionalidad de la Ley 27.426 para la movilidad en los períodos cuestionados.
¿Quién es el actor?
DELGADO, Lidia Nicolasa.
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes varios del haber previsional y su recálculo; impugnación de la actualización de la Prestación Básica Universal y cuestiones de constitucionalidad de normas de movilidad (Ley 27.426, Ley 24.463, Ley 24.241).
¿Qué se resolvió?
Se modificó la sentencia de fecha 4/3/2024 en los puntos indicados: a) se ordena tener en cuenta los lineamientos del tribunal para el recálculo del haber inicial de la Sra. Delgado; b) se difiere para la etapa de liquidación la determinación de la Prestación Básica Universal (PBU) con el alcance señalado; c) se declara la constitucionalidad de la Ley N° 27.426 respecto de la movilidad del haber previsional de la actora en esos períodos; d) se imponen las costas de primera instancia en el orden causado. Se confirma la sentencia en todo lo demás que fue materia de agravio y se imponen las costas de segunda instancia por su orden, regulándose honorarios de la letrada de la parte actora en el 30% de lo que oportunamente se estime en grado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"III.
- Sentado ello y en relación a la queja de la demandada por la que cuestiona la aplicación del índice I.S.B.I.C. indicado por la Corte Suprema de Justicia en la causa “Elliff” para actualizar las remuneraciones en relación de dependencia, corresponde señalar que la cuestión sometida a debate ya ha sido objeto de estudio por esta Alzada en autos: “Munizaga, Ernesto Juan c/ ANSES
- Reajustes Varios” (Expte. N° FCB 33130153/2010/CA1), sentencia de fecha 3/03/2015, “Núñez, Marta Elena c/ ANSES
- Reajustes Varios” (Expte. N° FCB 41140017/2.008/CA1), sentencia de fecha 12/03/2015, “Piazza, María Cristina c/ Anses – Reajuste de Haberes” (Expte. Nº FCB 24170109/2011/CA1) y “Ferrini, Luis Enrique c/Anses s/reajustes por movilidad” (Expte. N° FCB 11060025/2011/CA1) sentencia de fecha 8/04/2019, en las que confirmó la aplicación del precedente “Elliff” para actualizar las remuneraciones devengadas hasta el mensual de febrero de 2009 inclusive, argumentos que se dan por reproducidos íntegramente por razones de brevedad. ... En función de ello, se debe valorar la fecha de obtención del beneficio y las pautas establecidas en los artículos 24 inc a) y 97 de la Ley 24.241
- según corresponda
- y actualizar las remuneraciones devengadas hasta el mensual de febrero de 2009 inclusive, conforme el Índice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción (I.S.B.I.C.). Para el período posterior, debe estarse a lo dispuesto por la normativa aplicable según la fecha de obtención del beneficio."
"IV.
- Respecto al cuestionamiento atinente a la actualización de la P.B.U., este Tribunal ya ha dejado sentada su postura, entre otros, en los autos caratulados: “PERICAS, CARLOS JOSE c/ANSES s/REAJUSTES VARIOS” (Expte. N° FCB 23750/2022/CA1), Sentencia de fecha 05/02/2025 (Sala A), “ESCUDE, INES VIRGINIA c/ ANSES s/ REAJUSTES VARIOS” (Expte. N° FCB 49263/2016/CA1), Sentencia de fecha 01/04/2025 (Sala A), “OLMEDO, JOSE c/ A.N.S.E.S. s/REAJUSTES VARIOS” (Expte. N° FCB 11997/2019/CA1), Sentencia de fecha 17/02/2025 (Sala B) y “DIAZ, SILVIA DEL CARMEN c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS” (Expte. Nº FCB 381/2017/CA1), Sentencia de fecha 03/04/2025 (Sala B), en cuanto considera apropiado diferir el análisis sobre la suma final a la que ascendería la PBU a la etapa de liquidación de la sentencia, tal como lo dispuso el Alto Tribunal en el precedente “Quiroga, Carlos Alberto c/ Anses s/ Reajustes Varios”, sentencia de fecha 11/11/2014, ocasión en la cual se podrá determinar si la falta de actualización de la Prestación Básica Universal produce una disminución confiscatoria del “total del haber inicial” de la parte actora, con relación a la situación de los trabajadores activos."
"VI.
- Respecto al planteo de la demandada relacionado con la declaración de inconstitucionalidad del art. 2 de la Ley Nº 27.426 efectuada por el Juez de grado, más allá del criterio sostenido por esta Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba en reiteradas oportunidades, atento lo dispuesto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en los autos: “Fernández Pastor, Miguel Ángel c/ ANSeS s/ amparos y sumarísimos”, Sentencia de fecha 4 de diciembre de 2025, donde se pronunció respecto a la validez constitucional de la normativa aquí cuestionada, corresponde hacer lugar al recurso de apelación de la demandada y modificar la Sentencia recurrida en este punto."
- Votos en disidencia: no se registra disidencia en el texto del pronunciamiento final.
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