CORDOBA, MARCELO AGUSTIN c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor promovió recurso Ley 27348 contra la decisión de la Comisión Médica relativa al porcentaje de incapacidad. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de grado en lo apelado, con una salvedad respecto de los accesorios, mantuvo las costas e fijó los honorarios en 120 UMA, 118 UMA y 34 UMA.
¿Quién es el actor?
Marcelo Agustín Córdoba.
¿A quién se demanda?
Provincia Art S.A. (y la Comisión Médica como resolución impugnada).
- Objeto de la demanda: Impugnación del porcentaje de incapacidad fijado por la pericia médica y cuestión relativa a accesorios, costas y honorarios; impugnación mediante recurso Ley 27348 contra resolución de la Comisión Médica.
¿Qué se resolvió?
Se confirmó la sentencia de grado en lo que fue materia de recurso y agravios, con la salvedad indicada respecto de los accesorios; se mantuvo la imposición de costas de la instancia previa; se regularon honorarios de la representación letrada de la parte actora, demandada y perita médica en 120 UMA, 118 UMA y 34 UMA, respectivamente; se impusieron las costas de Alzada por su orden; y se regularon honorarios de los letrados que intervinieron ante la Cámara en el 30% de lo que les corresponda por su intervención en la instancia previa.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones literales relevantes):
"El planteo se encuentra desierto desde que no cumple con los requisitos establecidos en el artículo 116 L.O. y no ataca, adecuadamente, los fundamentos vertidos en la resolución de grado."
"Tales afirmaciones son fácticamente erradas, desde que la sentencia indicó, con meridiana claridad, los motivos por los cuales no incluyó, en el porcentaje total, el 3% atribuido en la pericia médica a la afección psicológica."
"Los accesorios deberán ajustarse a lo dispuesto en el art 55 de la ley 27.802, norma de orden público, de aplicación inmediata y de oficio."
Además, respecto de costas y honorarios el voto propone: "se mantenga la imposición de costas dispuesta en la instancia previa (art. 68 CPCCN); se regulen los honorarios ... en 120 UMA, 118 UMA y 34 UMA, respectivamente ...; se impongan las costas de Alzada por su orden ... y se regulen los honorarios de los letrados firmantes ... en el 30% de lo que les corresponda por su intervención en la instancia previa (art. 30, Ley 27423)."
- Votos en disidencia: No constan votos en disidencia; la resolución mayoritaria es la transcripta.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: