HONEKER ROQUE OSVALDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reajuste de haberes y PBU reclamó el actor contra ANSeS. La Cámara Federal de la Seguridad Social hizo parcialmente lugar al recurso de apelación de la demandada en lo relativo a costas y confirmó la sentencia en lo demás; fijó costas en la alzada y honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% del monto que se estipule en la instancia anterior.
¿Quién es el actor?
Honeker Roque Osvaldo.
¿A quién se demanda?
ANSeS.
- Objeto de la demanda: Reajustes varios de haberes previsionales, con especial reclamo sobre la Prestación Básica Universal (PBU), aplicación de topes (art. 9 ley 24.463 y art. 26 ley 24.241), exención del impuesto a las ganancias y costas.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente al recurso deducido por la parte demandada (ANSeS) —modificando el punto relativo a costas conforme a lo indicado— y se confirmó la sentencia apelada en lo demás que fue materia de agravios. Se determinó que, si de la liquidación surge suma a favor del actor, las costas se impondrán al vencido conforme al art. 68 del CPCCN; en caso contrario, se establecerán en el orden causado (art. 36 ley 27.423). Se impusieron costas por su orden en la alzada y se fijaron honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo):
"Los bonos previsionales no constituyen un componente del haber, sino una compensación excepcional, inmediata y focalizada que, no obstante su carácter transitorio, se ha extendido en el tiempo y ha estado destinada a atender la pérdida del poder adquisitivo de las prestaciones mínimas. Su reiteración constituye, por tanto, un elemento que no puede ser soslayado al momento de efectuar el análisis integral de la PBU, pues evidencia una insuficiencia en la determinación del valor inicial de la Prestación Básica Universal como componente del haber mínimo."
"En consecuencia, corresponde reconocer el derecho a la revisión del valor de la Prestación Básica Universal, de conformidad con lo resuelto en el fallo de esta Sala 'Sadofschi Carlos Alberto c/ ANSeS s/ Reajustes Varios', contemplando asimismo el precedente 'Quiroga' citado en cuanto a la pauta de confiscatoriedad allí establecida."
"En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCC; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423)."
- Votos en disidencia: No consta voto en disidencia; la Dra. Nora C. Dorado no suscribe por hallarse en uso de licencia (art. 109 RJN), por lo que la resolución se adopta por los magistrados firmantes.
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