MURILLO CLEMENTINO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Murillo reclamó reajustes varios, cuestionando la pauta de actualización de remuneraciones, la Prestación Básica Universal (PBU) y la constitucionalidad de normas. La Cámara Federal de la Seguridad Social rechazó los recursos, confirmó la sentencia en lo demás y reconoció el derecho a revisar la PBU según la pauta cuantitativa y la regla del 15%, manteniendo la metodología de actualización prevista por la ley 27.426 y concordantes.
¿Quién es el actor?
Murillo, Clementino.
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios de jubilación/pensiones; impugnación de la pauta de actualización de remuneraciones que sirven de base para el cálculo de la Prestación Compensatoria (PC), la Prestación Adicional por Permanencia (PAP), el Ingreso Base (IB) y reclamo de reajuste de la Prestación Básica Universal (PBU), además de cuestionamientos de constitucionalidad de normas (leyes 27426, 27609, 27.426, 27.609 y topes de la ley 24.241, entre otros) y pedidos relativos a bonos de refuerzo.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal resolvió rechazar los recursos deducidos y confirmar la sentencia en lo demás que fue materia de agravios (con costas por su orden en la Alzada y honorarios de la dirección letrada de la actora fijados en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior). Asimismo confirmó la actualización de las remuneraciones que sirven de base para el cálculo de la PC, PAP e IB en conformidad con el método indicado en la ley 27.426 y concordantes; reconoció el derecho a la revisión del valor de la PBU aplicando la pauta cuantitativa y el umbral del 15% para su reajuste.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
"Que por tales motivos corresponde hacer lugar al agravio de la demandada dirigido contra la pauta de actualización y revocar lo resuelto, confirmando la resolución de la ANSeS que toma como base el método indicado en la ley 27.426 y concordantes."
"Por lo expuesto, teniendo en cuenta la finalidad descripta, condicionar su ajuste a la modificación de las otras variables que integran el haber previsional, sin tener presente lo referente a los suplementos, generaría una distorsión y colisión con el principio de igualdad consagrado en el art. 16 de la C.N., por cuanto por ello, independientemente del monto que resulte de la modificación de la PC y/o PAP, aún cuando su resultado fuera insignificante, de acuerdo a todo lo señalado, habilitaría a revisar el valor de la PBU, por el perjuicio del colectivo de beneficiarios. En consecuencia, corresponde reconocer el derecho a la revisión del valor de la Prestación Básica Universal, de conformidad con lo resuelto en el fallo de esta Sala “Sadofschi Carlos Alberto c/ ANSeS s/ Reajustes Varios”, contemplando asimismo el precedente “Quiroga” citado en cuanto a la pauta de confiscatoriedad allí establecida."
"Así las cosas, para verificar la incidencia porcentual, la merma cuantificada será valorada teniendo en cuenta la diferencia entre la PBU reajustada y la inicial, en relación con el haber total del beneficio actual (PBUr + PC + PAP —de caja o recalculado, según corresponda—), padezcan de ajuste o no las restantes prestaciones. Ello se multiplicará por cien y, determinado que sea el resultado igual o superior a 15, corresponderá el reajuste de la prestación bajo análisis."
- Disidencia / aclaraciones: Se deja constancia de que la Dra. Dorado no suscribe la presente por encontrarse en uso de licencia (art. 109 RJN); no consta voto en disidencia sustancial que modifique lo resuelto por la mayoría.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: