SENDRA, GUSTAVO ALBERTO c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)
El actor promovió demanda contra ANSeS solicitando retiro por invalidez. La Cámara Federal de la Seguridad Social hizo lugar a la apelación, declaró acreditada la incapacidad previsional y ordenó a la ANSeS que se pronuncie y, de corresponder, haga efectiva la prestación dentro de los 30 días de quedar firme el pronunciamiento.
¿Quién es el actor?
SENDRA, GUSTAVO ALBERTO.
¿A quién se demanda?
ANSeS.
- Objeto de la demanda: Solicitud de retiro por invalidez conforme art. 49 p.4 y art. 48 y cc. de la ley 24.241.
¿Qué se resolvió?
Se declaró formalmente admisible el recurso de apelación y se tuvo por acreditada la incapacidad exigida a los fines previsionales; se ordenó a la ANSeS que se pronuncie sobre el otorgamiento de la prestación pretendida y, de ser acordada, la haga efectiva dentro de los 30 días de quedar firme el pronunciamiento. Se impusieron costas por su orden y se regularon honorarios por $312.660 (3 UMA).
- Fundamentos principales (textos transcritos tal cual del fallo):
"Que, de acuerdo a lo dispuesto por el art. 49 punto 4 de la ley 24241, el Cuerpo Médico Forense produjo un informe en fecha 14/07/2026 que en base a las consideraciones médico legales que desarrolla, concluye reconociendo la existencia de una incapacidad laborativa a los fines previsionales del 69%."
"Que, el informe en cuestión ha de ser tenido por válido y determinante de la verdad jurídica objetiva que permita decidir la cuestión planteada, habida cuenta de la seriedad del organismo del que emana y los amplios fundamentos en que se basa; máxime si se tiene presente que aquellos no resultan conmovidos por las observaciones formuladas por la demandada en oportunidad de contestar el traslado que de aquel se le corriera a las partes."
"Que en virtud de lo dictaminado, contrariamente a lo decidido por la C.M.C., corresponde declarar que quien demanda reúne las condiciones exigidas por el inciso a) del art. 48 de la ley 24241 para acceder al beneficio de retiro por invalidez."
(Dispositivo final) "Por ello, el Tribunal RESUELVE: 1) Declarar formalmente admisible el recurso intentado; y 2) Tener por acreditada la incapacidad exigida a los fines previsionales por el art.48 y cc. de la ley 24241, ordenar a la ANSeS se pronuncie sobre el otorgamiento de la prestación pretendida y, de ser acordada, la haga efectiva dentro de los 30 días de quedar firme este pronunciamiento. Costas por su orden (art. 68 segundo párrafo del CPCCN). Regulanse los honorarios... en la suma de $312.660, equivalente... a 3 UMA..."
- Votos y disidencias: No consta voto en disidencia; se deja constancia de que la Dra. Nora C. Dorado no suscribe por encontrarse en uso de licencia, pero la resolución está firmada por los jueces de cámara que suscriben el pronunciamiento mayoritario.
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