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RENDE MARCELO OSCAR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor reclamó reajustes diversos, incluidos la revisión de la Prestación Básica Universal y la pauta de actualización de remuneraciones; la demandada cuestionó la metodología de actualización y las costas. La Cámara Federal de la Seguridad Social rechazó el recurso de la actora, hizo lugar parcialmente al de la demandada —revocando lo resuelto respecto de la pauta de actualización—, confirmó la sentencia en lo demás y fijó costas y honorarios conforme a lo indicado.

Seguridad social Prestacion basica universal Pauta de actualizacion Anses Costas Honorarios Ley 27.426 Ley 27.423 Revision judicial Movilidad previsional.


¿Quién es el actor?

RENDE, Marcelo Oscar.

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: acción por reajustes varios de haberes previsionales; reclamo de revisión del valor de la Prestación Básica Universal (PBU), impugnación de la pauta de actualización de remuneraciones que sirven de base al haber inicial y cuestionamientos de inconstitucionalidad sobre normas (leyes 27.426, 27.541, 27.609, entre otras) y determinación de costas y honorarios.

¿Qué se resolvió?

la Cámara rechazó el recurso de la actora y hizo lugar parcialmente al de la demandada; en consecuencia, confirmó lo resuelto sobre las costas de primera instancia conforme al art. 68 CPCCN (salvo que surjan sumas a favor del actor en la liquidación, caso en el cual las costas se fijarán a la vencida), confirmó la sentencia en todo lo demás que fue materia de agravios y dispuso costas por su orden en la Alzada; además, fijó los honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior.
- Fundamentos principales (textos transcritos): "Que por tales motivos corresponde hacer lugar al agravio de la demandada dirigido contra la pauta de actualización y revocar lo resuelto, confirmando la resolución de la ANSeS que toma como base el método indicado en la ley 27.426 y concordantes." "Los bonos previsionales no constituyen un componente del haber, sino una compensación excepcional, inmediata y focalizada que, no obstante su carácter transitorio, se ha extendido en el tiempo y ha estado destinada a atender la pérdida del poder adquisitivo de las prestaciones mínimas. Su reiteración constituye, por tanto, un elemento que no puede ser soslayado al momento de efectuar el análisis integral de la PBU..." "Por lo expuesto, teniendo en cuenta la finalidad descripta, condicionar su ajuste a la modificación de las otras variables que integran el haber previsional, sin tener presente lo referente a los suplementos, generaría una distorsión y colisión con el principio de igualdad consagrado en el art. 16 de la C.N." "En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCC; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423)."
- Disidencia / observaciones: se deja constancia de que la Dra. Dorado no suscribió la presente por hallarse en uso de licencia (art. 109 RJN); no consta voto en disidencia material en el texto final.

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