SIMONELLI SILVIA SANDRA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Simonelli demandó a ANSeS por reajustes varios de sus prestaciones previsionales. La Cámara Federal de la Seguridad Social rechazó el recurso de la demandada y confirmó la sentencia de primera instancia, imponiendo costas conforme al art. 68 del CPCCN y ordenando aplicación del art. 36 de la ley 27.423 según surja de la liquidación.
¿Quién es el actor?
SIMONELLI SILVIA SANDRA.
¿A quién se demanda?
ANSeS.
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes varios (cuestiones de reajuste de prestaciones previsionales, aplicabilidad del tope del art. 79 ley 18.037 y liquidación de haberes).
¿Qué se resolvió?
La Cámara rechazó el recurso de apelación interpuesto por ANSeS y confirmó la sentencia de grado en lo que fue materia de agravios; confirmó además la decisión sobre costas en la instancia de grado imponiendo las mismas al vencido conforme al art. 68 del CPCCN, con aplicación de lo dispuesto por el art. 36 de la ley 27.423 según surja de la liquidación; y dispuso costas por su orden en la Alzada. (La Dra. Nora C. Dorado no suscribió por licencia.)
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos de la sentencia):
1) "Que respecto al agravio relativo al tope de acumulación del art. 79 de la ley 18.037, habrá de estarse al nuevo análisis efectuado por sentencia interlocutoria del 24.04.2025... En dicha oportunidad se confirmó la declaración de inconstitucionalidad de la limitación aludida,... Estas prestaciones ... no podrían hoy verse afectadas en su percepción total en violación a los principios de integralidad y sustitutividad reconocidos por el art. 14 bis de nuestra Constitución Nacional."
2) "En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCC; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423)."
3) "Que por ello el Tribunal RESUELVE: 1) Rechazar el recurso interpuesto por la parte demandada; 2) confirmar lo resuelto en torno a las costas en la instancia de grado...; 3) confirmar la sentencia en lo que decide y fue materia de agravios, con el fundamento y alcances indicados precedentemente; y 4) costas por su orden en la Alzada..."
- Disidencia o firma: Se deja constancia que la Dra. Nora C. Dorado no suscribe la presente por encontrarse en uso de licencia; no consta voto en disidencia expresa en el texto transcripto.
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