SANHUEZA MANSILLA VICTOR HUGO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamo de reajustes varios de haberes previsionales, incluyendo PBU, topes e impuesto a las ganancias. La Cámara Federal de la Seguridad Social hizo lugar parcialmente al recurso de la actora, difirió al trámite de ejecución el examen de la aplicación de topes, confirmó la inaplicabilidad del impuesto a las ganancias y confirmó la sentencia en lo demás, imponiendo costas conforme al art. 68 CPCCN y fijando honorarios de alzada.
¿Quién es el actor?
SANHUEZA MANSILLA, VÍCTOR HUGO.
¿A quién se demanda?
ANSES.
- Objeto de la demanda: Reclamo de reajustes varios de la prestación previsional (redeterminación del haber inicial y movilidad, reclamo por Prestación Básica Universal -PBU-, cuestionamiento de aplicación de topes de haberes, exención del impuesto a las ganancias, y costas).
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente al recurso deducido; se difirió para la etapa de ejecución el tratamiento de los agravios dirigidos contra la aplicación de topes de haberes; se confirmó lo resuelto respecto de las costas de primera instancia en los términos indicados; se confirmó la sentencia en lo demás que fue materia de agravios; se impusieron costas por su orden en la alzada y se fijaron honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones seleccionadas):
"En tales condiciones, este criterio ha de ser observado con relación a la actualización de las remuneraciones devengadas hasta el mensual 2/09 inclusive, para las que habrá de estarse a las pautas sentadas por la CSJN en el precedente 'Elliff' citado. A partir del mensual 3/09 se actualizarán de conformidad al índice previsto por el art. 2 de la ley 26.417."
"Los bonos previsionales no constituyen un componente del haber, sino una compensación excepcional, inmediata y focalizada que, no obstante su carácter transitorio, se ha extendido en el tiempo y ha estado destinada a atender la pérdida del poder adquisitivo de las prestaciones mínimas. Su reiteración constituye, por tanto, un elemento que no puede ser soslayado al momento de efectuar el análisis integral de la PBU..."
"Para verificar la incidencia porcentual, la merma cuantificada será valorada teniendo en cuenta la diferencia entre la PBU reajustada y la inicial, en relación con el haber total del beneficio actual (PBUr + PC + PAP —de caja o recalculado, según corresponda—), padezcan de ajuste o no las restantes prestaciones. Ello se multiplicará por cien y, determinado que sea el resultado igual o superior a 15, corresponderá el reajuste de la prestación bajo análisis."
"Ha de señalarse que, en los casos que resulte pertinente, se tendrán en cuenta las pautas sentadas por C.S.J.N. in re 'Actis Caporale' Fallos 323:4216."
"Que respecto a la retención del impuesto a las ganancias, la CSJN ya se ha expedido... por lo que corresponde declarar la inaplicabilidad del gravamen aludido."
"En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCC; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423)."
- Disidencia/observación: Se deja constancia de que la Dra. Nora C. Dorado no suscribe la presente por encontrarse en uso de licencia; sin embargo, no consta voto disidente suscripto en autos que modifique el acuerdo plasmado en la parte resolutiva.
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