ORBE BEATRIZ AIDA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora promovió recurso de apelación contra la sentencia que rechazó su demanda de reajustes varios reclamados a ANSES. La Cámara Federal de la Seguridad Social rechazó el recurso y confirmó la sentencia de primera instancia, sosteniendo la validez de la nueva fórmula de movilidad y la imposibilidad de extender efecto retroactivo mensual.
¿Quién es el actor?
Orbe Beatriz Aída.
¿A quién se demanda?
ANSES.
- Objeto de la demanda: reclamo de reajustes varios —cuestionamiento de la aplicación de la ley 27.426 (arts. 1 y 2) y pedidos relativos a tasa de interés, prescripción y costas— y petición de reconocimiento de movilidad.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso deducido por la actora y se confirmó la sentencia de primera instancia en lo demás que fue materia de agravios; se impusieron costas por su orden en la Alzada y se fijaron honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se hubiera estipulado para la instancia anterior. (La Dra. Dorado no suscribe por licencia).
- Fundamentos principales de la decisión (extractos y citas textuales relevantes):
"III. Que en cuanto a la conformación mixta de la nueva fórmula de movilidad del art. 32 de la ley 24241, a partir de la sustitución de su texto anterior dispuesta por el art. 1 de la ley 27426, (resultado de un promedio conformado en un 70% por las variaciones del Nivel General del Índice de Precios al Consumidor Nacional elaborado por el INDEC y un 30% por el coeficiente que surja de la variación del RIPTE), se destaca que la misma guarda analogía con la pauta que en su momento fuera adoptada por la mayoría de este Tribunal en miles de casos..."
"En atención a esas normas, cuya validez constitucional no fue cuestionada por el recurrente, cabe concluir que la movilidad a otorgar semestralmente es el resultado de la combinación de distintas variables producidas en los semestres enero-junio y julio-diciembre, a devengar y percibir sobre los haberes de marzo y septiembre, por lo tanto no puede sostenerse la existencia de un devengamiento mensual, como pretende el recurrente..."
"Por otro lado, tampoco se encuentra acreditado que la nueva fórmula dispuesta a partir de marzo de 2018 con el aumento de junio del mismo año, haya producido una quita en el monto del haber, por lo que resulta aplicable la doctrina del Superior Tribunal..."
"IV. Sin perjuicio de lo que aquí, se resuelve, conforme lo dispone expresamente el art 271 del CPCCN, esta Alzada examinó sólo los planteos de hecho y de derecho conducentes... encontrándose el Tribunal limitado en ese sentido y no pudiendo excederse de dicha medida; por lo que, las restantes cuestiones decididas que no han sido materia de tratamiento en la presente deberán, en el momento procesal oportuno, abordarse de manera integral por el juez de grado."
(Dispositivo final transcripto en la sección 0.)
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