LOSA ALEJANDRO MIGUEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor demandó a ANSES por reajustes varios y redeterminación de haberes. La Cámara Federal de la Seguridad Social hizo lugar parcialmente al recurso de la actora (revocando lo decidido sobre costas), desestimó el recurso de la demandada y confirmó la sentencia en lo demás.
¿Quién es el actor?
LOSA ALEJANDRO MIGUEL.
¿A quién se demanda?
ANSES.
- Objeto de la demanda: Reclamo de reajustes varios y redeterminación del haber inicial y su movilidad, con pedidos accesorios sobre índice de actualización, PBU, topes de haberes, descuentos por obra social, inconstitucionalidades de normas y costas.
¿Qué se resolvió?
Se desestimó el recurso de la demandada; se hizo lugar parcialmente al recurso de la actora, revocando lo resuelto en torno a las costas en la instancia de grado y disponiendo que, si de la liquidación surgieran sumas a favor del actor, las costas se impongan al vencido (art. 68 CPCCN), debiendo establecerse en el orden causado en caso contrario (art. 36 ley 27.423). Se confirmó la sentencia en lo demás que fue materia de agravios. Se fijaron honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
"II. En aras a alinear la decisión sobre revisión del haber inicial de la prestación -cuya fecha de adquisición del derecho data al 4 de agosto de 2017-, cabe tener presente los lineamientos establecidos por la C.S.J.N. en el precedente 'Elliff, Alberto José c/Anses s/Reajustes varios', sentencia del 11.8.09 (Fallos: 332:1914); ratificado por sentencia del 18.12.2018 recaída en los autos 'Blanco, Lucio Orlando c/ANSeS s/Reajustes varios' (Fallos: 341:1924), situación que no ha variado al presente. En tales condiciones, este criterio ha de ser observado con relación a la actualización de las remuneraciones devengadas hasta el mensual 2/09 inclusive..."
"IV. No corresponde dar tratamiento alguno al pedido de la parte actora tendiente a la inaplicabilidad del descuento sobre los intereses por obra social, y la inconsitucionalidad de las leyes 27.426, 27.541 y sus decretos reglamentarios, pues excede los límites de la competencia revisora de esta alzada (arts. 266, 271 y 277 del CPCCN), visto que no fue introducido en forma expresa y fundada en la demanda."
"VI. Que en orden al embate dirigido en torno a las costas del proceso... la cuestión suscitada ha sido recientemente abordada por la CSJN, por sentencia del 22.06.2023... En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCCN; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423)."
- Disidencia/constancias: Se deja constancia que la Dra. Nora C. Dorado no suscribe la presente por encontrarse en uso de licencia (art. 109 R.J.N.), sin que conste voto en disidencia.
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