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PAZ DANTE ALBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamo de reajuste de haber previsional por retiro por invalidez contra ANSES. El Juzgado Federal de la Seguridad Social rechazó la demanda y declaró abstractos varios planteos de inconstitucionalidad, imponiendo costas en el orden causado y regulando honorarios por $521.100.

Retiro por invalidez Reajuste previsional Anses Inconstitucionalidad Prescripcion (abstracta) Costas Honorarios Ley 24.241 Ley 27.609 Seguridad social

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: DANTE ALBERTO PAZ. Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES). Objeto: Reajuste/actualización de su haber previsional (retiro por invalidez) y declaración de inconstitucionalidad de determinadas disposiciones de las leyes 24.463 y 24.241; se reserva caso federal. Decisión: Se rechazó la demanda deducida por DANTE ALBERTO PAZ; se declaró abstracta la excepción de prescripción opuesta por la demandada; costas por su orden; se regularon honorarios de la representación letrada de la actora en $521.100 (equivalente a 5 UMAs) y demás extremos consignados en la parte resolutiva.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos relevantes): "En primer lugar, debo señalar que conforme surge de la documentación acompañada en la causa a la parte actora se le ha otorgado el retiro por invalidez al amparo de la ley 24.241 con fecha de adquisición del derecho el día 19-12-2022. Dicho beneficio fue otorgado teniendo en cuenta los servicios dependientes." "En cuanto a la pretendida declaración de inconstitucionalidad de los topes contemplados en los arts. 9, 24, 25 y 26 24241 y del 9 de la ley 24.463, cabe rechazar la demanda en cuanto al punto, en tanto tales disposiciones no fueron aplicadas en el caso, resultando abstractos los planteos deducidos en la demanda en su relación." "En este sentido la jurisprudencia es clara y uniforme al señalar que: 'El interesado en la declaración de inconstitucionalidad de una norma debe demostrar claramente de qué manera ésta contraría la Constitución Nacional, causándole de ese modo un gravamen, y para ello es menester que precise y acredite fehacientemente en el expediente el perjuicio que le origina la aplicación de la disposición, resultando insuficiente la invocación de agravios meramente conjeturales' (in re, 'Moño Azul S.A. s/ ley 11.683', Fallos 316-687)." Además, el tribunal consideró que la actualización del haber debe regirse por las pautas de la ley 27.609 y su reglamentación por la fecha de adquisición del beneficio; declaró abstracto el planteo sobre la fecha inicial de pago por no resultar actual al caso; y negó que el actor hubiera acreditado los daños concretos exigidos para declarar la inconstitucionalidad de normas que, en lo aquí decidido, no fueron aplicadas.
- Disidencias: No se registran votos en disidencia; la resolución es en materia de primera instancia proferida por la juez indicada.

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