LUCERO RAMON ANSELMO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor promovió demanda contra ANSES solicitando el reajuste de su haber previsional y la declaración de inconstitucionalidad de normas de las leyes 24.241 y 24.463. El Juzgado federal hizo lugar parcialmente a la demanda, declaró la inconstitucionalidad del artículo 14.2 de la Resolución S.S.S. 06/09, ordenó el recálculo del haber y el pago de los retroactivos sin quita dentro de 120 días y diferió el tratamiento del art. 9 de la ley 24.463 para la ejecución.
¿Quién es el actor?
Lucero Ramón Anselmo.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
- Objeto de la demanda: Reajuste de haber previsional (PBU, Prestación Compensatoria y Prestación Adicional por Permanencia) y declaración de inconstitucionalidad de diversas disposiciones de la ley 24.241 y la ley 24.463, y de normas reglamentarias (Resolución SSS 6/09), por considerar que la falta de movilidad le provoca lesión a derechos constitucionales.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente a la demanda y a la defensa de prescripción en los términos del art. 82 ley 18.037; se ordenó a ANSES recalcular el haber y pagar los retroactivos conforme las pautas fijadas en el decisorio dentro de 120 días; se declaró inconstitucional el artículo 14.2 de la Resolución S.S.S. 06/09 en tanto imponía un tope a las actualizaciones; se dispuso que el art. 9 de la ley 24.463 se aborde en la etapa de ejecución; las diferencias a favor del actor deberán abonarse íntegramente, sin quita alguna; se impusieron las costas a la parte demandada; se difirió la regulación de honorarios para la etapa de ejecución.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes del fallo):
1) “Es evidente que la resolución cuestionada, al establecer un tope a las actualizaciones de las remuneraciones, excede la facultad reglamentaria, imponiendo un parámetro que el artículo reglamentado no contiene. En consecuencia, no es necesario posponer su tratamiento y verificar su operatividad y lo declaró inconstitucional en este acto.”
2) “Por todo lo expuesto, y citas legales invocadas; FALLO: 1) Hacer lugar a la defensa de prescripción deducida en los términos del art. 82 de la ley 18.037 y parcialmente a la demanda interpuesta, en los términos expuestos en los considerandos precedentes; 2) Ordenar a la Administración Nacional de la Seguridad Social que abone a la parte actora el haber recalculado y el retroactivo de conformidad con las pautas establecidas en el presente decisorio dentro del plazo de 120 días (Conf. art. 22 de la ley 24.463), 3) Diferir el tratamiento del art. 9 de la ley 24463 para el momento de la ejecución de la sentencia.”
3) “Las diferencias a favor del actor deberán abonársele sin merma alguna. Esto así, de acuerdo a lo resuelto por el Alto Tribunal en la causa ‘Pellegrini, Américo c/ ANSeS s/ reajustes varios’ del 28.11.06…, ello así, en el entendimiento que ni la ley 24.241 ni en su modificatoria la ley 24.463, en lo que aquí interesa, se advierte norma alguna que autorice dichas mermas.”
- Disidencias: No constan votos en disidencia en el decisorio.
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