MALCERVELLI LAURA c/ EN-M JUSTICIA-SPF s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La actora demandó para que se incorporen al haber mensual las asignaciones creadas por el Decreto 243/15 con carácter remunerativo y bonificable. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de primera instancia, admitió la incorporación de las sumas reclamadas hasta el 31/08/2019 y ordenó costas a la demandada.
¿Quién es el actor?
MALCERVELLI LAURA.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional – Ministerio de Justicia – Servicio Penitenciario Federal (recurrente: demandada).
- Objeto de la demanda: incorporación al haber mensual del actor de las acreencias emergentes de las asignaciones instituidas por el Decreto 243/15 (mod. por Decreto 970/15 y normas concordantes), con carácter remunerativo y bonificable, y la consecuente liquidación y aportes.
¿Qué se resolvió?
Se confirmó la sentencia apelada en lo que decide y ha sido materia de agravios; se impusieron las costas de alzada a la demandada; se devolvieron las actuaciones al juzgado de origen. Se admitió el reclamo respecto de las asignaciones reclamadas hasta el 31/08/2019, fecha de derogación del régimen (Decreto 586/19 y cctes.).
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
"El Decreto 243/2015, publicado en el Boletín Oficial el 27 de febrero de 2015, fijó una nueva escala de haberes para el personal del Servicio Penitenciario Federal, estableció nuevos suplementos y derogó otros que habrían perdido virtualidad... En sus arts. 2, 3 y 4 se crearon: el suplemento de 'Responsabilidad Jerárquica' –con expreso carácter particular–, la bonificación 'Complementaria por Grado' y el 'Suplemento General por Estado Penitenciario'. Todos con carácter remunerativo y no bonificable. A continuación, los arts. 5, 6, 7, 8 y 9 dispusieron con carácter 'No Remunerativo' y 'No Bonificable' las siguientes compensaciones: 'Gastos por Prestación de Servicio', 'Fijación de Domicilio', 'Gastos de Representación', 'Apoyo Operativo' y 'Material de Estudio y Vestimenta', todas liquidadas mensualmente."
"De las consideraciones vertidas se infiere que, más allá de la denominación que intente asignárseles por vía reglamentaria a las asignaciones instituidas por el Decreto 243/2015, ostentan carácter 'remunerativo' y 'bonificable' y deben por ello incorporarse al 'haber mensual' de quien acciona, los beneficios pretendidos que le hubiesen correspondido percibir de continuar en actividad de acuerdo a su situación escalafonaria."
"Por último, corresponde admitir el reclamo formulado hasta el 31/08/2019, fecha en que el Decreto 243/15 y normas concordantes fueron derogadas mediante Decreto 586/19 y cctes. (ver arts. 3 y 4)."
- Disidencias: No se consignan votos en disidencia en la parte resolutiva final.
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