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SALLER ROBERTO JORGE c/ CAJA DE RETIROS JUBILAC.Y PENS.DE LA POLICIA FEDERAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Recurso de apelación contra la incorporación de suplementos al haber previsional por parte de la Caja de Retiros de la Policía Federal. La Cámara Federal de la Seguridad Social hizo lugar parcialmente al recurso de la Caja: revocó la incorporación de la compensación por Cargo o Función, revocó el plazo de cumplimiento para aplicar la normativa de previsión presupuestaria y confirmó la sentencia en lo demás.

Caja de retiros Suplemento cargo o funcion actividad riesgosa Movilidad previsional Prueba de percepcion en actividad Decreto 1311/15 Decreto 2415/15 Art. 22 ley 23.982 Art.170 ley 11.672 Costas y honorarios


¿Quién es el actor?

Roberto Jorge Saller.

¿A quién se demanda?

Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina.
- Objeto de la demanda: incorporación al haber previsional de distintos suplementos (entre ellos "Cargo o Función" y "Actividad Riesgosa") y reclamo de actualización del porcentaje del suplemento "Actividad Riesgosa".

¿Qué se resolvió?

La Cámara hizo lugar parcialmente al recurso de apelación deducido por la Caja; en consecuencia revocó la sentencia de grado en cuanto reconoció la incorporación de la compensación por "Cargo o Función" al haber previsional (rechazando esa pretensión), revocó asimismo lo dispuesto sobre el plazo fijado para cumplimiento ordenando aplicar el art. 22 de la Ley 23.982 y el art. 170 de la Ley 11.672, y confirmó la sentencia apelada en lo demás. Se impusieron las costas de ambas instancias por su orden y se regularon honorarios por el 30% de lo que correspondiera por la actuación anterior, con más IVA si correspondiera.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "En efecto, la procedencia del reconocimiento pretendido presupone la acreditación de que el actor percibía dicho suplemento mientras se encontraba en actividad, extremo que constituye el hecho constitutivo de la pretensión deducida y cuya carga probatoria incumbía a la parte actora, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 377 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación." "No obstante ello, la parte actora no dio cumplimiento a dicha intimación en los términos requeridos, limitándose a acompañar nuevamente un recibo correspondiente a su haber jubilatorio, documental que únicamente acredita la composición actual de su prestación previsional, pero que resulta insuficiente para demostrar la efectiva percepción del suplemento reclamado durante la relación de empleo." "De la lectura de la norma se desprende con claridad que el Poder Ejecutivo no sustituyó el porcentaje originalmente previsto por otro de mayor cuantía, sino que mantuvo el suplemento básico del diez por ciento (10%) e incorporó un supuesto funcional específico al cual asignó un porcentaje diferencial del veinte por ciento (20%). ... La interpretación postulada por la recurrente importaría desatender la sistemática del régimen retributivo diseñado por el Decreto N° 1311/15 y su modificatorio..."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia; los tres jueces adhirieron al voto que propone el acuerdo.

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