VARELA GRACIELA BEATRIZ c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamó Varela Graciela Beatriz contra ANSES por reajustes de haberes y compensaciones por normas y bonos de 2021-2024. La Cámara confirmó el pronunciamiento apelado en lo cuestionado, impuso costas de ambas instancias y reguló honorarios del apoderado de la actora en el 30% de la suma que se fije en primera instancia más IVA.
¿Quién es el actor?
Varela Graciela Beatriz.
¿A quién se demanda?
ANSES.
- Objeto de la demanda: Reajustes varios de haberes (recomposición del haber, inclusión de diferencias enero-febrero 2021, tratamiento de la Ley 27.609, bonos de refuerzos extraordinarios y efectos del Decreto 274/2024; plus cuestiones vinculadas con impuesto a las ganancias).
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó el pronunciamiento apelado en cuanto fue materia de agravios; ordenó costas de ambas instancias por su orden; reguló los honorarios de la representación letrada de la actora por su actuación ante la Alzada en el 30% de la suma que se fije por su trabajo en primera instancia más el IVA en su caso; y devolvió las actuaciones al Juzgado de origen.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
"En relación con el planteo efectuado en referencia a ley 27.541 y a la recomposición del haber correspondiente a enero 2021 , me he pronunciado en los expedientes: 'Torelli Ana María C/ ANSeS S/ Reajustes Varios', Expte. Nº 13281/2021, Enviado. fecha 18/09/2023 , 'Rojas Roberto Oscar C/ ANSeS S/ Reajustes Varios', Expte. Nº 10738/2021, Enviado. fecha 18/09/2023 y 'Carabajal Nélida Ester C/ ANSeS S/ reajustes varios', Expte. Nº 12970/2021, Enviado. fecha 18/09/2023 , cuyos fundamentos corresponden hacerlos extensivos a las presentes en virtud del principio de economía y celeridad procesal. En consecuencia, revoca lo dispuesto en la instancia de grado en cuanto a este punto."
"Distinta solución merece atender respecto al planteo de inconstitucionalidad referido a la ley 27.609 y los bonos de refuerzos extraordinarios, toda vez este Tribunal se pronunció en los autos: : 'WALD ALICIA GRACIELA c/ANSeS s/REAJUSTES VARIOS' Expte. Nº 26695/2024, enviado. Fecha 19/08/2025 , a cuyos fundamentos corresponden extensivos a los presentes, por ende, corresponde diferir su tratamiento para la etapa de ejecución."
"En virtud de lo expuesto, propongo: 1) Confirmar el pronunciamiento apelado en cuanto ha sido materia de agravios 2) Costas de ambas instancias por su orden (conf. Art. 68 2do párrafo del CPCCN); 3) Regular los honorarios a favor de la representación letrada de la parte actora por su actuación ante la Alzada en el 30% de la suma que se fije por su trabajo en primera instancia con más el IVA en caso de correspondiente (art. 30 primer párrafo Ley 27.423);4) Devolver las actuaciones al Juzgado de origen a sus efectos."
- Disidencia: El Dr. Juan A. Fantini propuso, con fundamentos, revocar parcialmente la sentencia apelada en ciertos puntos (por ejemplo, en lo vinculado a la Ley 27.541), pero la mayoría integrada por la Dra. N. C. Dorado y el Dr. W. F. Carnota no acompañó esa propuesta y adoptó la solución de confirmar lo apelado conforme quedó consignado en la parte resolutiva.
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