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GARAY JOSE ALBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor demandó a ANSeS por reajustes varios del haber previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de grado y confirmó el resto, imponiendo costas a ANSeS y regulando honorarios a favor de la parte actora.

Reajustes varios Anses Indice isbic / resolucion 140/95 Ley 26.417 Inconstitucionalidad art. 9 ley 24.463 Costas Honorarios Tasa de interes (tpp banco central) Prescripcion Servicios autonomos


¿Quién es el actor?

GARAY JOSE ALBERTO.

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: reclamo de reajustes varios del haber previsional (cálculo del haber inicial, aplicación de índices de actualización, aplicación de topes/deducciones, impuesto a las ganancias, servicios autónomos, tasa de interés y prescripción).

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la sentencia apelada y la confirmó en lo demás; condenó en costas a la demandada vencida y reguló honorarios a favor de la representación letrada de la parte actora (30% de la suma que se fije por su trabajo en primera instancia más IVA, si corresponde). Devolución de actuaciones al juzgado de origen.
- Fundamentos principales (textos transcritos relevantes): "En lo relativo a los agravios que giran en torno al método de actualización de las remuneraciones para la determinación del haber inicial, encuentran adecuada respuesta en lo resuelto por el Alto Tribunal de la Nación en los autos “Elliff Alberto c/ ANSeS s/ reajustes varios”, Sent. Fecha 11/08/2009, Fallos: 332:1914 doctrina que fue ratificada en la sentencia “Blanco, Lucio Orlando c/ ANSeS s/ reajustes varios”, Enviado. Fecha 18/12/2018, Fallos: 341:1924 . En dichos precedentes la Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó la aplicación del índice de salarios básicos de convenio de la industria y la construcción –promedio general, personal no calificado-, utilizado por la Resolución 140/95 de la Administración Nacional de la Seguridad Social, sin limitación temporal alguna." "Conforme lo expuesto, las remuneraciones consideradas a los fines del cálculo del haber inicial deberán actualizarse en el marco de lo resuelto por la CSJN en autos 'Elliff Alberto c/ ANSeS s/ Reajustes Varios' y 'Blanco, Lucio Orlando c/ ANSeS s/ Reajustes Varios', hasta la entrada en vigencia de la Ley 26.417, fecha a partir de la cual será aplicable el mecanismo de actualización previsto en el art. 2 de Ley 26.417 hasta la fecha de adquisición del derecho." "En cuanto a las costas de ambas instancias las mismas habrán de imponerse a la demandada vencida (conf. Art. 68, párr. 1º del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y Excma. CSJN in re: 'Gentile Fioravanti Pedro c/ANSeS s/Reajustes Varios', Sent. Fecha 8/10/2024, Expte. CSS Nº 96499/2010')." "En virtud de lo expuesto, propongo: 1) Revocar parcialmente la sentencia apelada conforme surge de los considerandos precedentes; 2) Confirmarla en lo demás que decide y ha sido materia de agravios; 3) Costas de ambas instancias a la demandada vencida...; 4) Regular los honorarios a favor de la representación letrada de la parte actora por su actuación ante la Alzada en el 30% de la suma que se fije por su trabajo en primera instancia con más el IVA en caso de correspondiente (art. 30 primer párrafo Ley 27.423); 5) Devolver las actuaciones al Juzgado de origen a sus efectos."
- Votos y disidencias: El Dr. Juan A. Fantini fue el preopinante y propuso la resolución citada; la Dra. Nora C. Dorado y el Dr. Walter F. Carnota adhirieron al voto. No se registran disidencias.

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