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ARAUCO ARGENTINA SA (TF 113100414-A) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO

Arauco Argentina S.A. reclamó la restitución de derechos de exportación pagados por el permiso de embarque n° 18 001 EC01 081897 W. La Cámara hizo lugar al recurso, revocó la sentencia apelada, declaró la nulidad del Decreto Nº 793/18 y reconoció el derecho al reintegro con sus intereses.

Recurso directo Nulidad decreto 793/18 Derechos de exportacion Reintegro Reserva de ley tributaria Camaronera patagonica Interes moratorio Codigo aduanero art. 811 Afip-dga Costas


¿Quién es el actor?

ARAUCO ARGENTINA SA (TF 113100414-A).

¿A quién se demanda?

Dirección General de Aduanas (Organismo demandado / AFIP-DGA).
- Objeto de la demanda: Reclamó la repetición/reintegro de $151.350,51 abonados en concepto de derechos de exportación por el permiso de embarque Nro. 18 001 EC01 081897 W, por considerar ilegítima la fijación del tributo mediante el Decreto Nº 793/18 y vulneración del principio de reserva de ley. También cuestionó la tasa de interés aplicada.

¿Qué se resolvió?

La Cámara hizo lugar al recurso de apelación de la actora, revocó la sentencia apelada, declaró la nulidad del Decreto Nº 793/18 y reconoció el derecho de la actora a obtener el reintegro de los derechos de exportación abonados sin causa por el permiso de embarque indicado, con más sus respectivos intereses; impuso las costas a la demandada y diferió la regulación de honorarios de la instancia.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): IV.
- "Que la cuestión a resolver resulta sustancialmente análoga a la examinada por esta Sala en la causa n° 51.458/19, caratulada 'Gut Metal SRL C/ EN-AFIP s/Dirección General de Aduanas', del 5 de mayo de 2022, a cuyos fundamentos cabe remitir por razones de brevedad... En esa oportunidad, este tribunal, por aplicación del precedente 'Camaronera Patagónica' de la CSJN (Fallos 337:388) decidió que resultaba incompatible con el texto constitucional la fijación de derechos de exportación por medio de un decreto del Poder Ejecutivo Nacional y que la Ley Nº 27.467 que había pretendido convalidarlos sólo pudo haber tenido el efecto de instituir los mencionados tributos ex nunc... En consecuencia, corresponde hacer lugar al recurso de apelación interpuesto por la parte actora, revocar la sentencia apelada, declarar la nulidad del Decreto Nº 793/18 y, consecuentemente, reconocer el derecho de la actora a obtener el reintegro de los derechos de exportación abonados sin causa al oficializar el permiso de embarque Nro. 18 001 EC01 081897 W (conf. páginas 158/165 del archivo que contiene las actuaciones del TFN), cuyo pago –por lo demás
- no fue desconocido en autos por la demandada." V.
- "Que el reintegro al que da derecho esta decisión deberá ser comprensivo de los accesorios devengados a partir del momento establecido en el artículo 811 del Código Aduanero, calculados a la tasa pasiva promedio que publica el Banco Central de la República Argentina -expresamente prevista para estos casos desde el dictado de la Resolución Nº 598/19 del entonces Ministerio de Hacienda de la Nación (cfr. artículo 4º)... Por lo demás, con relación al planteo de la actora contra la tasa de interés prevista en la Resolución MH N° 559/22, cabe remitir a expuesto por el Sr. Fiscal General en su dictamen y, con esos fundamentos, desestimar el agravio. En consecuencia, a partir del 1° de septiembre de 2022 corresponderá aplicar la tasa de interés prevista en la Resolución N° 559/2022... a partir del 01/02/2024 la tasa de interés prevista en la Resolución N° 3/2024... y así sucesivamente según las resoluciones indicadas."
- Disidencias relevantes: No consta voto en disidencia en el bloque dispositvo; la decisión es la del acuerdo que revoca la sentencia apelada.

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