ROTEMBERG, JORGE ABRAHAM c/ EN-M JUSTICIA Y DDHH (EX 25025737/23 - RESOL 320/25) s/INDEMNIZACIONES - LEY 24043 - ART 3
Recurso directo contra la denegatoria del beneficio de la Ley 24.043 por persecución y exilio. La Cámara rechazó el recurso directo por falta de prueba suficiente para acreditar la persecución y el exilio exigidos por la norma e impuso las costas a la parte actora por su orden.
¿Quién es el actor?
Jorge Abraham Rotenberg.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional
- Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (EN‑M JUSTICIA Y DDHH).
- Objeto de la demanda: recurso directo contra la Resolución RESOL-2025-320-APN-MJ (26/05/2025) que denegó el beneficio indemnizatorio previsto por la Ley Nº 24.043, art. 3 (indemnizaciones por privación ilegítima de la libertad durante el estado de sitio).
¿Qué se resolvió?
se rechazó el recurso directo interpuesto y se impusieron las costas por su orden, atento la naturaleza de la cuestión objeto de autos.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"VII.
- Que, ahora bien, no puede soslayarse que la propia prueba producida en autos impone concluir en que las actuaciones sustanciadas en sede administrativa son insuficientes para tener por probado el presupuesto de hecho que -normativamente
- habilita la compensación económica en los términos de la Ley Nº 24.043. Quiere esto decir, que no hay un grado de certeza necesario para tener por acreditado los hechos y el exilio denunciados por el peticionante."
"En tal orden de ideas se impone insistir en que los hechos denunciados en modo alguno resultan suficientes –por sí solos y desprendidos del análisis global e integral de toda la prueba producida
- para acreditar la persecución y el exilio alegados como sustento de la pretensión indemnizatoria articulada, por consiguiente siendo que el solicitante no cumple con el presupuesto de hecho indispensable para acceder al beneficio y teniendo en cuenta la carga que pesa sobre el actor de demostrar los hechos que justifican su concesión, no corresponde admitir el recurso en punto a la pretendida indemnización con fundamento en la Ley Nº 24.043."
"Al respecto cabe recordar que quien invoca ciertos hechos como fundamento de su pretensión tiene la carga de acreditarlos (arg. art. 377 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación) y, si no logra cumplir con esa carga mediante la actividad probatoria desarrollada durante el juicio, corre el riesgo de que su reclamo sea denegado (C.S. Fallos: 332:1367)..."
También se destacó el Informe Técnico Nº 5061 (05/06/2024) que consignó, entre otras constancias, movimientos migratorios de salida del país (18/11/1974 y 21/10/1976) y la ausencia del actor en listados que habrían acreditado detención o inclusión en "listas negras", concluyendo que no existían elementos probatorios con la suficiente entidad para acreditar persecución política, detención o que el actor se hubiera visto forzado a exiliarse como única alternativa razonable. No existen votos en disidencia relevantes en el acuerdo.
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