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QUINI, CLAUDIA INES c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora reclamó reajustes sobre haberes previsionales en autos por “Reajustes Varios”. La Cámara Federal de Mendoza confirmó la sentencia de primera instancia y rechazó el recurso de apelación de ANSES, imponiendo costas a la demandada y regulando honorarios en un 30% de lo fijado en primera instancia.

Reajustes varios Anses Prestacion basica universal Elliff Inconstitucionalidad ley 27.609 No regresividad Actualizacion de haberes Costas Honorarios Jurisdiccion federal (seguridad social).


¿Quién es el actor?

QUINI, CLAUDIA INES.

¿A quién se demanda?

ANSES.
- Objeto de la demanda: reclamo por reajustes varios de prestaciones previsionales (recomposición del haber inicial y actualización de remuneraciones aportadas, con aplicación de índices conforme a doctrina “Elliff” y liquidación de la PBU).

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por ANSES y, en consecuencia, se confirmó la sentencia de primera instancia en cuanto fue motivo de agravio; se impusieron las costas a la demandada vencida y se regularon los honorarios profesionales en un 30% de lo establecido en primera instancia.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales del fallo):
- “La Corte difiere la consideración del tema para el momento en que se efectúe la liquidación, solución adoptada en la sentencia de grado, que compartimos y hacemos extensiva a estos casos.”
- “Respecto al reajuste del haber inicial (PC y PAP) corresponde ratificar lo dispuesto por el Sr. Juez a quo, ya que se ha aplicado correctamente la doctrina del leading case ‘Elliff’. Allí se ordenó la aplicación sin la limitación temporal del índice de los salarios básicos de la industria y la construcción
- personal no calificado-, adoptado por la resolución de ANSES 140/95.”
- “La sentencia recurrida se ajusta a derecho al declarar la inconstitucionalidad del art. 1° de la Ley 27.609, por vulnerar el principio de no regresividad, sin que el Estado haya aportado justificación suficiente. Corresponde, pues, rechazar el agravio y mantener el criterio adoptado.”
- Sobre legitimación pasiva y exención del impuesto a las ganancias: “El juez que actúa en el ámbito previsional debe proteger la cuantía de los haberes jubilatorios y en consecuencia revisar cualquier norma, cuya aplicación pueda representar una quita o disminución en el monto de dicho haber.” Se citan precedentes de la CFSS y de la CSJN (Gutiérrez) que permiten encauzar la acción contra ANSES aun cuando la AFIP sea el sujeto material del descuento.
- Votos: El voto que fundamenta la decisión fue del Dr. Juan Ignacio Pérez Curci; los Dres. Gustavo Castiñeira de Dios y Manuel Pizarro adhieren. No hubo disidencia.

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