SILVA, EVELINA LIDIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamó la actora contra ANSES por reajustes varios y exención del impuesto a las ganancias sobre retroactivos. La Cámara Federal de Mendoza hizo lugar parcial a la apelación de ANSES y revocó sólo la declaración de inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426, declarando la plena constitucionalidad de esa norma, e impuso las costas a ANSES; confirmó, en lo demás, la sentencia de primera instancia.
¿Quién es el actor?
SILVA, Evelina Lidia.
¿A quién se demanda?
ANSES.
- Objeto de la demanda: reclamo por reajustes varios de prestaciones (reajuste de PBU, retroactivos) y pronunciamiento sobre inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426; exención del impuesto a las ganancias sobre retroactivos.
¿Qué se resolvió?
La Cámara hizo lugar parcialmente al recurso de apelación de ANSES y, exclusivamente en cuanto declaró la inconstitucionalidad del artículo 2 de la ley n° 27.426, revocó la sentencia de primera instancia y declaró la plena constitucionalidad de dicho artículo; además impuso las costas a la demandada y no reguló honorarios de la actora por no haber intervenido en esta instancia.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos tal cual del fallo):
"En efecto, los autores de la ley n° 26.417 eligieron dos épocas del año para reajustar los haberes y decidieron utilizar la frase 'para los haberes que se devenguen en los meses de marzo y septiembre'. De ahí que el reajuste previsto para marzo de 2018 era un efecto pendiente del anterior régimen que podía ser modificado antes de esa fecha, sin que puedan invocarse a su respecto derechos adquiridos".
"Tiene dicho la Corte Suprema de Justicia que 'Los tribunales inferiores deben conformar sus decisiones a las sentencias de la Corte cuando estas fijan la interpretación de una norma federal, pero pueden apartarse de la doctrina fijada cuando acercan nuevas y fundadas razones, no consideradas por el Tribunal, para demostrar claramente el error grave del precedente y la inconveniencia de mantener su aplicación y en ese supuesto, existe una rigurosa carga argumentativa para justificar la inobservancia del deber de seguimiento de los fallos de la Corte Suprema...'" (cita del voto y referencia a fallo Fernández Pastor, Miguel Ángel).
"De lo expuesto se debe confirmar la sentencia en cuanto a la exención de tributar el impuesto a las ganancias por la parte actora."
- Disidencia: No hay voto en disidencia; los Dres. Pérez Curci y Castiñeira de Dios adhieren al voto del Dr. Pizarro y el acuerdo es unánime en el resultado consignado en la parte resolutiva.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: