SANCHEZ, PATRICIA SUSANA c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD
La actora reclamó reajustes por movilidad de haberes previsionales contra ANSES. La Cámara Federal de Mendoza rechazó el recurso de apelación de ANSES y confirmó la sentencia de primera instancia, imponiendo las costas a la demandada y regulando honorarios en un 30% de lo fijado en primera instancia.
Actor: SANCHEZ, PATRICIA SUSANA. Demandado: ANSES. Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes por movilidad y recálculo de la Prestación Básica Universal (PBU) y del haber inicial (componentes PC y PAP), con impugnación de la Resolución SSS 6/2009 y distribución de costas y honorarios.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de apelación deducido por ANSES y, en consecuencia, se confirmó la sentencia de primera instancia en todo cuanto fue motivo de agravio; se impusieron las costas de la instancia a la demandada vencida y se regularon los honorarios profesionales en un 30% de lo establecido en primera instancia.
Fundamentos principales de la decisión (textos transcripto del voto mayoritario):
- "Cabe resaltar que, de la doctrina emanada de la CSJN en autos 'Quiroga, Carlos Alberto c/ Anses s/ Reajustes Varios' (sent. del 11/11/2014) no surge, que el Alto Tribunal hubiere limitado la actualización de la Prestación Básica Universal solamente a aquellos beneficios adquiridos hasta la entrada en vigencia de la ley 26.417 (1/03/2009). Por el contrario, afirma el carácter integral de todos los beneficios de la seguridad social, 'aspecto del que es parte esencial la correcta fijación del monto inicial de los haberes, pues de otro modo no podría mantenerse una relación justa con la situación de los activos.' (Considerando 9)."
- "La Resolución 6/2009 resulta inconstitucional por vulnerar la debida proporción entre el haber de pasividad y el haber de actividad, creando un límite inexistente en la ley y alterando así los derechos previstos en el art. 14 bis del texto constitucional. A su vez, considero que la resolución viola el principio de razonabilidad... La resolución es confiscatoria, porque de acuerdo a la liquidación que presenta la actora, viola el derecho de propiedad (art. 17 CN) y el principio de integralidad de las prestaciones de la seguridad social (art. 14 bis CN)."
- "Por lo antedicho, las costas de la presente instancia se impondrán a la demandada vencida. (Fallo 'Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo' (art. 36 de la ley nº27.423)."
Disidencias relevantes: No se registran votos en disidencia; los Dres. Pérez Curci (voto fundante), Castiñeira y Pizarro adhieren y el acuerdo final reproduce la parte dispositiva arriba transcripta.
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