LADINO, TERESA LILIANA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora promovió acción contra ANSES por reajustes de haberes y exención del impuesto a las ganancias sobre retroactivos. La Cámara Federal de Mendoza hizo lugar parcial al recurso de apelación de ANSES: revocó sólo la declaración de inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426 y declaró su plena constitucionalidad, y confirmó en lo demás la sentencia de primera instancia.
¿Quién es el actor?
LADINO, TERESA LILIANA (actora/jubilada).
¿A quién se demanda?
ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajuste de haberes previsionales (PBU, PC, PAP), declaración de inconstitucionalidad de normas (art. 2 ley 27.426, art.1 ley 27.609, Resolución SSS 6/2009), tratamiento de índices de actualización (ISBIC vs ISAL), exención del Impuesto a las Ganancias sobre retroactivos, costas y honorarios.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente al recurso de apelación interpuesto por ANSES y, en consecuencia, se revocó la sentencia de primera instancia exclusivamente en cuanto declaró la inconstitucionalidad del artículo 2 de la ley 27.426, declarando en su lugar la plena constitucionalidad de dicha norma; se confirmó en lo demás la sentencia apelada en cuanto no se oponga a lo decidido; se impusieron las costas de la instancia a la demandada vencida; y se regularon los honorarios profesionales en un 30% de lo establecido en primera instancia.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
- “En tales condiciones, y no advirtiéndose razones que justifiquen apartarse del criterio sentado por la Corte Suprema, corresponde hacer lugar al agravio planteado por ANSeS, revocar en este punto la sentencia de primera instancia y declarar la constitucionalidad del artículo 2 de la ley 27.426.”
- “En efecto, la determinación de la procedencia de la actualización de la PBU, así como del índice eventualmente aplicable y del modo de cuantificar la incidencia de dicha actualización sobre el haber previsional, constituyen cuestiones que no pueden ser escindidas del resultado concreto que arroje la liquidación del beneficio... no corresponde en esta etapa del proceso adoptar un criterio definitivo respecto del índice aplicable —sea ISBIC o ISAL— ni del método de determinación de la alegada confiscatoriedad, en tanto ello podría conducir a soluciones abstractas desvinculadas de la realidad económica del caso concreto.”
- “Al respecto esta Sala ya se expidió en la causa Nº FMZ 28114/2016/CA1, caratulados: ‘DI LORENZO CARLOS FELIZ C/ANSES s/ Reajustes varios’ de fecha 06/10/2020 a cuyo fundamento nos remitimos y donde dirimió la cuestión sobre el retroactivo... Por lo expuesto se debe confirmar la sentencia en cuanto a la exención de tributar el impuesto a las ganancias por la parte actora.”
- Votos y disidencias: El voto que integra el acuerdo fue el del Juez Juan Ignacio Pérez Curci y los Dres. Gustavo Enrique Castiñeira y Manuel Alberto Pizarro adhirieron; no consta disidencia.
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