CHIRINO, VICTORIA SUSANA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora reclamó reajustes varios contra ANSeS por recálculo de haberes previsionales y retroactivos. La Cámara Federal de Mendoza hizo lugar parcialmente a la apelación de ANSeS: revocó la declaración de inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426 y confirmó en lo demás la sentencia de primera instancia, imponiendo costas a ANSeS.
¿Quién es el actor?
CHIRINO, VICTORIA SUSANA (actora).
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes varios de haberes previsionales (recalculo de PBU, reajuste de componentes PC y PAP, retroactivos y tributos aplicables).
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Mendoza, Sala A, hizo lugar parcialmente al recurso de apelación interpuesto por ANSeS; en consecuencia revocó la declaración de inconstitucionalidad del artículo 2 de la ley 27.426 conforme la doctrina de la Corte Suprema, y confirmó en lo demás la sentencia apelada. Impuso las costas a la demandada vencida y no reguló honorarios de la representación de la actora por no haber intervenido en la Alzada.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
1) "En efecto, los autores de la ley 26.417 eligieron dos épocas del año para reajustar los haberes y decidieron utilizar la frase 'para los haberes que se devenguen en los meses de marzo y septiembre'. De ahí que el reajuste previsto para marzo de 2018 era un efecto pendiente del anterior régimen que podía ser modificado antes de esa fecha, sin que puedan invocarse a su respecto derechos adquiridos".
2) "La CSJN, el 4 de diciembre del año 2025,
- en los autos: 'CSS 138932/2017/CS1 ... Fernández Pastor, Miguel Ángel c/ ANSeS s/ amparos y sumarísimos' revocó la sentencia de Cámara, declarando la constitucionalidad del artículo puesto en crisis, por reconocer en el considerando 11, que 'en el presente caso puede afirmarse que la ley 27.426 –vigente desde el 29 de diciembre de 2017– no vulneró un derecho adquirido por los beneficiarios pues, para ese entonces, el derecho a obtener o percibir el aumento de la ley anterior aún no había nacido –recién se devengaría en marzo de 2018– ni se contaba con los elementos necesarios para ello'".
3) "Por lo expuesto se debe confirmar la sentencia en cuanto a la exención de tributar el impuesto a las ganancias por la parte actora."
- Disidencia: No se registra voto en disidencia; los tres Jueces adhirieron al voto que antecede.
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