LICHARDI, LAURA TERESA c/ ANSES s/AMPARO por MORA de la ADMINISTRACION
Amparo por prestaciones previsionales promovido por Laura Teresa Lichiardi contra ANSeS. La Cámara Federal de Mendoza rechazó el recurso de apelación interpuesto por ANSeS y confirmó la sentencia de primera instancia, imponiendo las costas a la demandada y regulando honorarios en un 30% de lo fijado en primera instancia.
Actor: LICHIARDI, LAURA TERESA. Demandado: ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS). Objeto de la demanda: Amparo (Ley 16.986) — reclamo vinculado con prestaciones previsionales (v. carátula: “LICHIARDI, LAURA TERESA c/ANSeS s/ AMPARO LEY 16.986”).
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de apelación deducido por ANSeS y, en consecuencia, se confirmó la sentencia de primera instancia en cuanto fue motivo de agravios; se impusieron las costas a la demandada vencida y se regularon los honorarios profesionales en un 30% de lo establecido en primera instancia, con orden al a quo de calcular emolumentos en pesos y UMA cuando exista base cierta. Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "En cuanto al análisis del recurso de apelación aquí vertido, corresponde analizar los agravios expresados... En cuanto a las costas, atento al resultado arribado, corresponde confirmar la imposición de primera instancia e imponer las de la presente a la demandada vencida, ANSeS." "El caso se encuadra en el marco de la ley 16.986 y las disposiciones referidas a las costas en esta normativa establecen, en su art. 14, que las mismas sean impuestas a la vencida, apartándose expresamente de lo preceptuado por art. 21 de la ley 24.463." "En tal sentido, corresponde destacar que, la C.S.J.N., ha resuelto que la norma del art. 14 de la ley 16.986 'no ha sido dejada sin efecto por la ley de solidaridad previsional, ni cabe admitir que lo haya sido de manera implícita, pues forma parte de un conjunto orgánico de disposiciones dirigidas a regular el restringido ámbito de la acción de amparo...' (Recurso de hecho deducido por la actora en la causa 'De la Hoeea, Nélida c/ Administración Nacional de Seguridad Social', del 16 de marzo de 1999)." Votos: El voto que expone los fundamentos fue el del Dr. Juan Ignacio Pérez Curci; los Dres. Manuel Alberto Pizarro y Gustavo Enrique Castiñeira de Dios adhieren. No se registra disidencia.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: