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ACETTURA, NESTOR JOSE c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES

El actor demandó a ANSeS por reajuste de haberes y aplicación de índices de movilidad y PBU. La Cámara Federal de Mar del Plata hizo lugar al recurso de la actora, declaró inconstitucionales los Decretos 163/2020, 495/2020, 692/2020 y 899/2020 y el art. 1° de la ley 27.609, revocó parcialmente la sentencia para diferir la evaluación de eventual quita en la liquidación y confirmó el resto, imponiendo costas a la vencida.

Reajuste de haberes Pbu Inconstitucionalidad Decretos 163/2020 495/2020 692/2020 899/2020 Ley 27.609 Movilidad previsional Liquidacion Costas Anses Ripte


¿Quién es el actor?

ACETTURA, NESTOR JOSE.

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajuste de haberes previsionales, impugnación de índices de actualización aplicados (RIPTE, Resoluciones ANSeS/SSS), inconstitucionalidad de decretos del PEN 163/2020, 495/2020, 692/2020 y 899/2020, impugnación del art. 1 de la ley 27.609 y pedido de reajuste de la PBU.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar al recurso de la actora; se declaró la inconstitucionalidad de los Decretos 163/2020, 495/2020, 692/2020 y 899/2020 y se ordenó a ANSeS abonar la diferencia que surgiera entre lo percibido y lo que hubiera percibido de aplicarse el art. 32 de la ley 24.241, modificado por la ley 27.426; se declaró la inconstitucionalidad e inaplicabilidad al caso del art. 1° de la ley 27.609; se revocó parcialmente la sentencia de grado para diferir a la etapa de liquidación la demostración de eventual quita o merma confiscatoria respecto del ajuste de la PBU; se confirmó el resto de la sentencia apelada y se impusieron las costas a la vencida.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "I.
- HACER LUGAR al recurso interpuesto por la parte actora contra la sentencia dictada en Autos, en consecuencia, DECLARAR la inconstitucionalidad de los Dec. 163/2020, 495/2020, 692/2020 y 899/2020, y con ello ordenar a la demandada a que abone la diferencia que surja entre lo percibido por la actora y lo que hubiere percibido de aplicarse el art. 32 de la ley 24.241, modificado por la ley 27.426; DECLARAR la INCONSTITUCIONALIDAD e INAPLICABILIDAD al caso de Autos, del art. 1º de la ley 27.609, de conformidad con lo resuelto en el fallo 'GIMENEZ, MIRTA NOEMI' y su aclaratoria, citados precedentemente." "II.
- REVOCAR parcialmente la sentencia del Sr Juez de grado y en consecuencia, diferir para la etapa de liquidación la demostración de la eventual quita o merma confiscatoria, por quien pretende el ajuste de la PBU, de conformidad con lo dispuesto por la CSJN en el fallo, 'Quiroga' señalado precedentemente." "III.
- CONFIRMAR EL RESTO DE LA SENTENCIA de autos en cuanto fue materia de apelación y agravio e IMPONER las costas de ambas instancias a la vencida (art. 36 de la ley 27.423 y art. 68 del CPCCN)."
- Disidencias: No consta voto en disidencia en el bloque dispositivo final; lo resuelto es por la mayoría conforme la parte resolutiva transcripta.

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