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FAVERE, VIRGINIA ELENA c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES

La actora demandó a ANSeS solicitando reajuste de haberes previsionales y declaración de inconstitucionalidad de decretos y normas aplicadas. La Cámara Federal de Mar del Plata hizo lugar al recurso, confirmó la inconstitucionalidad del Decreto 163/2020 y declaró inconstitucionales los Decretos 495/2020, 692/2020 y 899/2020, ordenando a ANSeS abonar la diferencia que surgiría de aplicarse el art. 32 de la ley 24.241 (mod. por ley 27.426), y revocó parcialmente la sentencia para dejar cuestiones de liquidación y parámetros de recálculo para la etapa de ejecución.

Anses Reajuste de haberes Inconstitucionalidad Decreto 163/2020 Decretos 495/2020 692/2020 899/2020 Ley 24.241 art. 32 Ley 27.426 art. 3 Liquidacion Tasa de interes Costas


¿Quién es el actor?

Favere, Virginia Elena (la Sra. FAVERE VIRGINIA ELENA).

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajuste de haberes previsionales; impugnación e inconstitucionalidad de decretos (163/2020, 495/2020, 692/2020, 899/2020 y otros), cuestionamiento del índice aplicado para el recálculo del haber, tratamiento de la PBU y otros vicios en la liquidación (tasa de interés, impuesto a las ganancias, costas).

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar al recurso de apelación de la actora; se confirmó la inconstitucionalidad del Decreto 163/2020 y se declaró la inconstitucionalidad de los Decretos 495/2020, 692/2020 y 899/2020, ordenándose a ANSeS abonar la diferencia que surja entre lo percibido y lo que hubiera percibido de aplicarse el art. 32 de la ley 24.241, modificado por la ley 27.426; se revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y se difirieron para la etapa de liquidación/exhortos cuestiones relativas a la quita o merma confiscatoria, tasa mínima de sustitución, parámetros de aplicación de precedentes y el método de recálculo; se confirmó la inconstitucionalidad del art. 3 de la ley 27.426 y la del art. 14 inc. 2 de la Res. 06/09 SSS en los términos de la resolución; se impusieron las costas a la vencida.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes del fallo): "En consecuencia, corresponde confirmar la declaración de inconstitucionalidad del Dec. 163/2020 y asimismo DECLARAR la inconstitucionalidad de los Dec. 495/2020, 692/2020 y 899/2020, y con ello ordenar a la demandada a que abone la diferencia que surja entre lo percibido por la actora y lo que hubiere percibido de aplicarse el art. 32 de la ley 24.241, modificado por la ley 27.426." "Respecto a los agravios relacionados con el índice para el recalculo del haber y el tratamiento de inconstitucionalidad del art. 3 de la ley 27.426, siendo que ello resulta sustancialmente análogo a lo examinado por esta Cámara... corresponde confirmar la declaración de inconstitucionalidad decretada por juez de grado del art. 3 de la ley 27.426, remitiendo a los fundamentos vertidos en el fallo citado, que pasan a formar parte del presente resolutorio." "Asimismo, las posteriores al 01.03.09, hasta el 28 de diciembre de 2017, deberán actualizarse mediante las variaciones resultantes de las movilidades establecidas por la Ley N° 26.417 en su redacción original y desde el 29 de diciembre de 2017 a la fecha del otorgamiento del beneficio, se actualizarán por el índice establecido en el art. 3 de la ley 27.426."
- Disidencias: No se consignan votos en disidencia en el resolutorio final; la solución que rige es la del acuerdo consignado en la parte dispositiva.

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