SALDAÑA, CARLOS NELSON c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES
Reajuste de haberes previsionales reclamado por el actor contra ANSeS por actualización de la PBU y otros rubros. La Cámara Federal de Mar del Plata revocó parcialmente la sentencia de grado (diferimiento de prueba sobre quita confiscatoria, declarar inconstitucional el art. 4 inc. 4) Res. 3/2021 SSS; revocar recomposición desde 09/2022 y aplicar la doctrina que declara inconstitucional el art. 1º de la ley 27.609), confirmó el resto y ordenó costas a la vencida.
¿Quién es el actor?
SALDAÑA, CARLOS NELSON.
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajuste de haberes previsionales (PBU), reclamo de recomposición del haber, denuncia de inconstitucionalidad de normas y resoluciones (entre ellas art. 1 de la ley 27.609 y art. 4 inc. 4) Res. 3/2021 SSS), recalculo de aportes autónomos y otros rubros conexos (intereses, impuesto a las ganancias, moratorias).
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y, en consecuencia, diferirá para la etapa de liquidación la demostración de la eventual quita o merma confiscatoria y declaró la inconstitucionalidad del art. 4 inc. 4) de la Res. 3/2021 SSS; revocó la orden de recomponer el haber desde mensual 09/2022 (vinculado al "Bono Extraordinario Previsional") y confirmó la declaración de inconstitucionalidad e inaplicabilidad del art. 1º de la ley 27.609 conforme a precedentes indicados; revocó la sentencia respecto de los aportes regularizados por moratorias (ley 24.476 o 25.994) y ordenó el recálculo de la totalidad de los aportes autónomos según doctrina de esta Alzada; confirmó el resto de la sentencia apelada y condenó en costas a la vencida.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de pasajes relevantes):
"I.
- REVOCAR parcialmente la sentencia del Sr Juez de grado y en consecuencia, diferir para la etapa de liquidación la demostración de la eventual quita o merma confiscatoria, por quien pretende el ajuste de la PBU, de conformidad con lo dispuesto por la CSJN en el fallo, “Quiroga” señalado precedentemente; DECLARAR la inconstitucionalidad del art. 4 inc. 4) de la Res 3/2021 SSS."
"II.
- REVOCAR el decisorio en cuanto ordena RECOMPONER el haber a partir del mensual 09/2022 y hasta que deje de otorgarse el actualmente llamado 'Bono Extraordinario Previsional', y en consecuencia confirmar la DECLARACION DE INCONSTITUCIONALIDAD e INAPLICABILIDAD al caso de Autos, del art. 1º de la ley 27.609, debiendo aplicarse aquí lo resuelto en el fallo 'PALACIOS, JUAN CEFERINO c/ ANSeS s/REAJUSTES VARIOS, Expediente Nº 4223/2024', que remite a los Autos 'GIMENEZ, MIRTA NOEMI c/ ANSeS s/REAJUSTES VARIOS'... Asimismo, REVOCAR la sentencia respecto de los aportes que hubieran sido regularizados por vía de las moratorias fijadas por la Ley 24.476 o Ley 25.994 y ordenar el recalculo de la totalidad de los aportes autónomos de conformidad con lo resuelto por esta Alzada en autos: 'DOBIEGA, RICARDO c/ANSeS s/REAJUSTE DE HABERES'..."
"III.
- CONFIRMAR el resto de la SENTENCIA del Juez de grado, en cuanto fue materia de apelación y agravio."
- Disidencias: No se consignan votos en disidencia en la parte resolutiva; la decisión consignada corresponde al acuerdo emanado de la Alzada.
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