BERTINO, MIGUEL ANGEL c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD
Reajuste por movilidad de haberes previsionales y planteos de inconstitucionalidad contra decretos y la ley 27.609. La Cámara Federal de Mar del Plata rechazó el recurso de apelación de la demandada y confirmó la sentencia apelada, declarando inconstitucionales ciertos decretos y el art. 1 de la ley 27.609 en los términos expuestos, e imponiendo las costas a la vencida.
¿Quién es el actor?
BERTINO, MIGUEL ANGEL.
¿A quién se demanda?
ANSES.
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes por movilidad de haberes previsionales (PBU), impugnación de decretos del PEN (163/2020, 495/2020, 692/2020, 899/2020), cuestionamiento del art. 1 de la ley 27.609, exención del impuesto a las ganancias sobre retroactividades y condena en costas. El actor adquirió su beneficio previsional el 14/03/2014.
¿Qué se resolvió?
La Cámara rechazó el recurso de apelación deducido por la demandada y confirmó la sentencia de primera instancia en cuanto fue materia de apelación y agravio; además impuso las costas de ambas instancias a la vencida (art. 36 ley 27.423 y art. 68 CPCCN).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"II.
- En referencia al agravio planteado por la parte demandada en su memorial relacionado la exención del impuesto a las ganancias, el mismo resulta sustancialmente análogo a lo examinado por esta Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata, en el fallo: “GUIRAO MARÍA c/ ANSeS s/REAJUSTE DE HABERES”, 'PROTOCOLO Aco. 6/14 Materias Civiles' Clave: FMP 022094054/2011/CA002 Fecha: 20/09/2021, por lo que corresponde rechazar el planteo efectuado por la demandada, debiendo confirmar lo decidido por el a-quo en cuanto declara exentas del impuesto a las ganancias a las retroactividades emergentes de la sentencia dictada en autos."
"III.
- Respecto al agravio relacionado con el planteo de inconstitucionalidad de los decretos dictados por el PEN 163/2020, 495/2020, 692/2020, 899/2020, consideramos que la cuestión es sustancialmente análoga a lo examinado por esta Alzada en los Autos 'CIER, NILDA PILAR c/ ANSeS s/REAJUSTE DE HABERES', 'PROTOCOLO Aco. 6/14 Materias Civiles' Clave: FMP 009512/2020/CA001 Fecha: 08/11/2021, por lo que corresponde remitir a los fundamentos allí expresados que pasan a integrar el presente resolutorio en lo que aquí concierne. En consecuencia, corresponde confirmar la declaración de inconstitucionalidad de dichos decretos."
"IV.
- En relación al planteo vinculado con la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609, consideramos que resulta sustancialmente análogo a lo examinado por ésta Alzada en los autos: 'GIMENEZ, MIRTA NOEMI c/ ANSeS s/REAJUSTES VARIOS'... por lo que corresponde remitir a los fundamentos vertidos, que pasan a formar parte del presente resolutorio. En consecuencia, corresponde confirmar la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609 y en su lugar deberá estarse al Índice de Precios al Consumidor que publica el INDEC, no obstante la solución aquí dispuesta solo se aplicará si el cálculo supone una mejora en la prestación que percibió la parte actora, debiendo estar a las disposiciones de la ley 27.609 en aquel período que eventualmente ésta resulte más favorable al haber de la actora."
- Sobre costas: "V.
- Por último, en cuanto a las costas de ambas instancias... En consecuencia, corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, e imponer las costas a la vencida. (art. 36 de la ley 27.423 y art. 68 del CPCCN).-"
- Disidencias: No se consignan votos en disidencia en la parte resolutiva; la decisión adoptada es la acordada por la Cámara y prevalece sobre eventuales posiciones individuales.
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