ZARATE, DANIEL JOSE c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES
El actor demandó a ANSES solicitando reajuste del haber previsional (PBU) conforme Ley 24.241. La Cámara Federal de Mar del Plata revocó parcialmente la sentencia de grado, declaró inconstitucional el art. 4 de la ley 27.609 y ordenó recalcular el haber inicial ajustándolo a los parámetros fijados en la resolución, difiriendo otros extremos para la etapa de ejecución.
¿Quién es el actor?
ZARATE, DANIEL JOSE.
¿A quién se demanda?
ANSES.
- Objeto de la demanda: Reajuste de haberes previsionales (PBU) y método de recálculo del haber inicial; impugnación de normas (inconstitucionalidad de disposiciones legales) y costas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia de grado, declaró la inconstitucionalidad del art. 4 de la ley 27.609 (que modifica el art. 2 de la ley 26.417), revocó el decisorio respecto del método de recálculo y dispuso que el recálculo del haber inicial de la actora se ajuste a los parámetros ordenados; en lo relativo a la aplicación anticipada de parámetros del precedente “Actis Caporale” a los arts. 9 de la ley 24.463 y 26 de la ley 24.241, diferió su tratamiento para la etapa de ejecución de sentencia. Confirmó el resto de la sentencia de grado que fue materia de apelación y agravios. Impuso costas de ambas instancias a la vencida.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo):
"Que del examen de autos surge que el Sr. ZARATE DANIEL JOSE, adquirió su beneficio previsional conforme lo normado por la Ley 24.241, con fecha inicial de pago el 28/02/2022."
"Que del examen de autos surge... corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 4 de la ley 27.609 remitiendo a los fundamentos vertidos en los fallos citados, que pasan a formar parte del presente resolutorio."
"Amerita aclarar aquí, que a los efectos del recálculo del haber inicial deberán extenderse las pautas determinadas en el fallo 'Elliff' (Fallos: 332:1914) hasta el mensual febrero de 2009 inclusive, es decir que hasta entonces las remuneraciones deben actualizarse por el Índice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción (ISBIC), y las posteriores al 01.03.09, hasta el 28 de diciembre de 2017, por las variaciones resultantes de las movilidades establecidas por la Ley N° 26.417 en su redacción original y desde el 29 de diciembre de 2017 a la fecha del otorgamiento del beneficio, mediante la fórmula establecida en las leyes 27.426 y 27.609."
"En cuanto al agravio vinculado con el reajuste de la PBU, el mismo resulta sustancialmente análogo a lo examinado por esta Cámara... por lo que corresponde revocar y remitir a los fundamentos allí vertidos, que pasan a formar parte del presente resolutorio."
"En referencia al agravio relacionado con el tratamiento de inconstitucionalidad de los arts. 26 de la ley 24.241 y 9 de la ley 24.463... corresponde diferir su tratamiento para la etapa de ejecución de sentencia."
- Disidencias relevantes: No se consignan votos en disidencia en el bloque resolutorio final.
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