BRIVIO, MIRTA ISABEL c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD
La actora demandó a ANSES por reajustes por movilidad de su haber previsional. La Cámara Federal de Mar del Plata rechazó el recurso de apelación de la demandada y confirmó la sentencia de grado, declarando la inconstitucionalidad de determinados decretos y ordenando aplicar el IPC del INDEC cuando resulte más favorable.
¿Quién es el actor?
BRIVIO, MIRTA ISABEL.
¿A quién se demanda?
ANSES.
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes por movilidad de la prestación previsional (reajuste de la PBU y cuestionamiento de decretos y normas que afectan la movilidad y exención del impuesto a las ganancias).
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de apelación deducido por la demandada y, en consecuencia, se confirmó la sentencia de grado en cuanto fue materia de apelación y agravio; se impusieron las costas de ambas instancias a la vencida (art. 36 ley 27.423 y art. 68 CPCCN).
- Fundamentos principales de la decisión (trascripción de los párrafos relevantes):
"Respecto al agravio relacionado con el planteo de inconstitucionalidad de los decretos dictados por el PEN 163/2020, 495/2020, 692/2020, 899/2020, consideramos que la cuestión es sustancialmente análoga a lo examinado por esta Alzada en los Autos “CIER, NILDA PILAR c/ ANSeS s/REAJUSTE DE HABERES”, 'PROTOCOLO Aco. 6/14 Materias Civiles' Clave: FMP 009512/2020/CA001 Fecha: 08/11/2021, por lo que corresponde remitir a los fundamentos allí expresados que pasan a integrar el presente resolutorio en lo que aquí concierne. En consecuencia, corresponde confirmar la declaración de inconstitucionalidad de dichos decretos."
"En consecuencia, corresponde confirmar la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609 y en su lugar deberá estarse al Índice de Precios al Consumidor que publica el INDEC, no obstante la solución aquí dispuesta solo se aplicará si el cálculo supone una mejora en la prestación que percibió la parte actora, debiendo estar a las disposiciones de la ley 27.609 en aquel período que eventualmente ésta resulte más favorable al haber de la actora."
"Por último, en referencia a las costas de ambas instancias, cabe recordar lo señalado en la sentencia dictada en: 'AGOSTINO, TERESITA DEL CARMEN c/ ANSeS s/REAJUSTES VARIOS', 'PROTOCOLO Aco. 6/14 Materias Civiles' Clave: FMP 004420/2016/CA001 Fecha: 09/08/2023. En consecuencia, corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, e imponer las costas a la vencida. (art. 36 de la ley 27.423 y art. 68 del CPCCN)."
- Disidencias: No se registra voto en disidencia en el bloque resolutorio; la decisión adoptada es la de la mayoría que suscribe la parte resolutiva.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: