SANGUINETI, MARIA ISABEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora demandó a ANSeS por reajuste de haberes previsionales y cálculo de aportes autónomos. La Cámara revocó parcialmente la sentencia de grado: diferenció la evaluación del índice de ajuste para liquidación, declaró inconstitucional el art. 1° de la ley 27.609 y ordenó recalcular aportes regularizados por moratorias, y confirmó el resto de la sentencia.
¿Quién es el actor?
Sanguineti, María Isabel (actora demandante).
¿A quién se demanda?
ANSeS.
- Objeto de la demanda: Reclamo de reajuste de haberes previsionales (PBU), inclusión o tratamiento de bonos extraordinarios en la movilidad, y tratamiento de aportes autónomos (rentas autónomas, moratorias Ley 24.476 / Ley 25.994); impugnaciones conexas respecto de inconstitucionalidad de normas (art. 1 Ley 27.609; Ley 23.928) y exención de impuesto a las ganancias.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Mar del Plata resolvió revocar parcialmente la sentencia de grado y, en consecuencia, diferir para la etapa de liquidación la demostración de una eventual quita o merma confiscatoria respecto del índice a considerar (remitiendo a CSJN en “Quiroga”); revocó la sentencia en lo relativo a la orden de recomponer el haber desde 09/2022 por el "Bono Extraordinario Previsional" y, al mismo tiempo, confirmó la declaración de inconstitucionalidad del art. 1º de la ley 27.609 (debiendo aplicarse el IPC del INDEC); revocó la sentencia respecto de los aportes regularizados por moratorias (Ley 24.476 y Ley 25.994) y ordenó recalcular la totalidad de los aportes autónomos conforme a precedentes de la Alzada; confirmó el resto de la sentencia apelada; e impuso las costas a la parte vencida.
- Fundamentos principales de la decisión (textos tal cual aparecen en la sentencia):
"Con ello corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609, debiendo estarse al Índice de Precios al Consumidor que publica el INDEC."
"por lo que corresponde revocar en cuanto anticipa el índice a considerar, el cual deberá evaluarse al momento de practicar liquidación."
"REVOCAR parcialmente la sentencia del Sr Juez de grado y en consecuencia, diferir para la etapa de liquidación la demostración de la eventual quita o merma confiscatoria, por quien pretende el ajuste de la PBU, de conformidad con lo dispuesto por la CSJN en el fallo, 'Quiroga' señalado precedentemente;"
"REVOCAR la sentencia respecto de los aportes que hubieran sido regularizados por vía de las moratorias fijadas por la Ley 24.476 o Ley 25.994 y ordenar el recalculo de la totalidad de los aportes autónomos de conformidad con lo resuelto por esta Alzada en autos: 'DOBIEGA, RICARDO c/ANSeS s/REAJUSTE DE HABERES'..."
- Votos en disidencia: No consta disidencia en el bloque resolutorio; la parte dispositiva fue suscripta por los Dres. Eduardo P. Jiménez y Alejandro O. Tazza, y la decisión que prevalece es la transcripta.
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