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LEONARDI, LUIS ENRIQUE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamo de reajuste de haberes previsionales contra ANSES por jubilado solicitando recálculo y exención del impuesto a las ganancias. La Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata rechazó el recurso de apelación de la demandada y confirmó la sentencia de primera instancia, declarando la inconstitucionalidad del DNU 163/2020 y del art. 1 de la ley 27.609 en lo pertinente y confirmando la exención del impuesto a las ganancias sobre las retroactividades.

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¿Quién es el actor?

LEONARDI, LUIS ENRIQUE.

¿A quién se demanda?

ANSES.
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes varios de haberes previsionales (reajuste de la PBU, tratamiento de inconstitucionalidad de decretos y del art. 1 de la ley 27.609, exención del impuesto a las ganancias, aplicación del precedente "Villanustre", imposición de costas).

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de apelación deducido por la demandada y, en consecuencia, se confirmó la sentencia de primera instancia en cuanto fue materia de apelación y agravio; se impusieron las costas de ambas instancias a la vencida.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "II.
- Respecto al agravio relacionado con el planteo de inconstitucionalidad del decreto dictado por el PEN 163/2020, consideramos que la cuestión es sustancialmente análoga a lo examinado por esta Alzada en los Autos “CIER, NILDA PILAR c/ ANSeS s/REAJUSTE DE HABERES”, 'PROTOCOLO Aco. 6/14 Materias Civiles' Clave: FMP 009512/2020/CA001 Fecha: 08/11/2021, por lo que corresponde remitir a los fundamentos allí expresados que pasan a integrar el presente resolutorio en lo que aquí concierne. En consecuencia, corresponde confirmar la declaración de inconstitucionalidad de dicho decreto." "III.
- En relación al planteo vinculado con la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609, consideramos que resulta sustancialmente análogo a lo examinado por ésta Alzada en los autos: “GIMENEZ, MIRTA NOEMI c/ ANSeS s/REAJUSTES VARIOS', Expte. Nro. 30738/2022, ('PROTOCOLO Aco. 6/14 Materias Civiles' Clave: FMP 003073/2022/CA001 Fecha: 25/04/2025) y su (aclaratoria de fecha 13/06/2025), por lo que corresponde remitir a los fundamentos vertidos, que pasan a formar parte del presente resolutorio. En consecuencia, corresponde confirmar la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609 y en su lugar deberá estarse al Índice de Precios al Consumidor que publica el INDEC, no obstante la solución aquí dispuesta solo se aplicará si el cálculo supone una mejora en la prestación que percibió la parte actora, debiendo estar a las disposiciones de la ley 27.609 en aquel período que eventualmente ésta resulte más favorable al haber de la actora." "IV.
- Ahora bien, en referencia al agravio planteado por la parte demandada en su memorial relacionado la exención del impuesto a las ganancias, el mismo resulta sustancialmente análogo a lo examinado por esta Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata, en el fallo: “GUIRAO MARÍA c/ ANSeS s/REAJUSTE DE HABERES”, 'PROTOCOLO Aco. 6/14 Materias Civiles' Clave: FMP 022094054/2011/CA002 Fecha: 20/09/2021, por lo que corresponde rechazar el planteo efectuado por la demandada, debiendo confirmar lo decidido por el a-quo en cuanto declara exentas del impuesto a las ganancias a las retroactividades emergentes de la sentencia dictada en autos."
- Votos en disidencia: No se registra disidencia en la parte resolutiva; firman dos jueces de Cámara (Alejandro O. Tazza y Eduardo P. Jiménez) conforme el resolutorio.

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