CLERICI, GRACIELA c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD
La actora demandó a ANSES por reajustes de movilidad de su haber previsional. La Cámara Federal de Mar del Plata hizo lugar a la apelación, declaró inconstitucionales los Decretos 163/2020, 495/2020, 692/2020 y 899/2020, ordenó el pago de las diferencias y revocó parcialmente para recomponer el haber desde 09/2022 confirmando la inaplicabilidad del art. 1º de la ley 27.609.
¿Quién es el actor?
CLERICI, GRACIELA.
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajustes por movilidad del haber previsional y declaración de inconstitucionalidad de normas (Decretos 163/2020, 495/2020, 692/2020 y 899/2020; art. 1° de la ley 27.609), más liquidaciones y aplicación de índices y bonos extraordinarios.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar al recurso de apelación de la actora; se declaró la inconstitucionalidad de los Decretos 163/2020, 495/2020, 692/2020 y 899/2020 y se ordenó a ANSeS a abonar la diferencia entre lo percibido y lo que hubiera correspondido aplicando el art. 32 de la ley 24.241 (modificado por la ley 27.426). Se revocó parcialmente la sentencia de grado para recomponer el haber a partir de septiembre de 2022 y, en consecuencia, se confirmó la declaración de inconstitucionalidad e inaplicabilidad del art. 1° de la ley 27.609, debiendo aplicarse el índice del INDEC conforme al precedente indicado. Se confirmó el resto de la sentencia apelada y se impusieron las costas de ambas instancias a la vencida.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
1) "En consecuencia, corresponde DECLARAR la inconstitucionalidad de los Dec. 163/2020 495/2020, 692/2020 y 899/2020, y con ello ordenar a la demandada a que abone la diferencia que surja entre lo percibido por la actora y lo que hubiere percibido de aplicarse el art. 32 de la ley 24.241, modificado por la ley 27.426.-"
2) "Con ello corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609, debiendo estarse al Índice de Precios al Consumidor que publica el INDEC.-"
3) "Por ello, éste Tribunal RESUELVE: I.
- HACER LUGAR al recurso interpuesto por la parte actora contra la sentencia dictada en Autos... II.
- REVOCAR PARCIALMENTE el decisorio en cuanto ordena, RECOMPONER el haber a partir del mensual 09/2022, y en consecuencia confirmar la DECLARACIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD e INAPLICABILIDAD al caso de Autos, del art. 1º de la ley 27.609... III.
- CONFIRMAR EL RESTO DE LA SENTENCIA de autos en cuanto fue materia de apelación y agravio e IMPONER las costas de ambas instancias a la vencida (art. 36 de la ley 27.423 y art. 68 del CPCCN)."
- Votos y disidencias: El dispositivo final está suscripto por los jueces de Cámara Eduardo P. Jiménez y Alejandro O. Tazza; no consta disidencia en el bloque resolutorio final.
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