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G. G. E. EN REPRESENTACION DE SU HIJO MENOR, JUAN MATEO SUAREZ c/ OSDOP s/AMPARO LEY 16.986

Amparo por cobertura médica contra OSDOP promovido por G. en representación de su hijo menor J.M.S. La Cámara Federal de Mar del Plata confirmó la sentencia de primera instancia que acogió el amparo, declaró desierto el agravio n.º 1 y desestimó los restantes agravios, imponiendo costas de Alzada al recurrente.

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¿Quién es el actor?

G., G. E. en representación de su hijo menor, J. M. S.

¿A quién se demanda?

OSDOP
- Objeto de la demanda: Acción de amparo (Ley 16.986) por cobertura médica/servicios de salud.

¿Qué se resolvió?

Se declaró desierto el recurso de apelación respecto del agravio identificado como n.º 1, se desestimaron los restantes agravios y se confirmó la sentencia recurrida; se impusieron las costas de Alzada al recurrente.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones relevantes): "las alegaciones que el recurrente realiza no cumplen con esa exigencia, sin exponer los motivos que existirían para considerar que los fundamentos de la decisión atacada son erróneos, injustos o contrarios a derecho." "Por ello, analizadas incluso con el criterio amplio con que corresponde examinarlas, entiendo que dichas alegaciones no constituyen sino meras discrepancias con lo resuelto, por lo que debe declararse desierto el recurso interpuesto en relación al agravio identificado como nro. 1." "Respecto del tema de las costas, no encuentro razones que inviten a apartarme de la regla general de imposición al vencido, atento lo dispuesto por el art. 14 de la ley 16.986, que consagra el principio objetivo de la derrota como regla básica de actuación en el punto, que es la que considero aquí aplicable."
- Votos: El Dr. Alejandro O. Tazza expuso los fundamentos precedentes y propuso el acuerdo en esos términos; el Dr. Eduardo P. Jiménez adhirió a la propuesta. No existe disidencia.

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