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DELLA PUPA, CRISTINA SANTA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora demandó a ANSeS por recalculo de haberes previsionales y reajustes. La Cámara Federal de Mar del Plata hizo lugar al recurso de la actora, declaró inconstitucionales los arts. 1º y 4 de la ley 27.609, revocó el método de recálculo ordenado y dispuso que el nuevo recálculo se ajuste a los parámetros y precedentes citados, confirmando el resto de la sentencia.

Demanda previsional Recalculo de haberes Ley 27.609 Inconstitucionalidad Indices de ajuste Eliff / isbic Anses Costas Movilidad Interes bancario pasivo


¿Quién es el actor?

DELLA PUPA, CRISTINA SANTA.

¿A quién se demanda?

ANSeS.
- Objeto de la demanda: reclamo por reajustes varios y recálculo del haber previsional (reajuste/recálculo del haber inicial de pensión directa adquirida con fecha de pago 14/05/2024).

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar al recurso de apelación interpuesto por la actora; se declaró la inconstitucionalidad del art. 4 de la ley 27.609 (que modifica el art. 2 de la ley 26.417) y del art. 1º de la ley 27.609, se revocó el decisorio respecto del método de recálculo ordenado y se dispuso que el recalculo del haber inicial se ajuste a los parámetros ordenados en el fallo (remitiendo a lo resuelto en "PALACIOS ...", y autos "GIMENEZ, MIRTA NOEMI ..."). Se confirmó el resto de la sentencia apelada y se impusieron las costas a la vencida.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "I.
- HACER LUGAR al recurso interpuesto por la parte actora contra la sentencia dictada en Autos, en consecuencia, DECLARAR la inconstitucionalidad del art. 4 de la ley 27.609, que modifica el art. 2 de la ley 26.417, asimismo REVOCAR el DECISORIO respecto del método de recálculo ordenado y con ello disponer que el recalculo del haber inicial de la actora se ajuste a los parámetros ordenados precedentemente; Y DECLARAR la INCONSTITUCIONALIDAD e INAPLICABILIDAD al caso de Autos, del art. 1º de la ley 27.609, debiendo aplicarse aquí lo resuelto en el fallo "PALACIOS, JUAN CEFERINO c/ ANSeS s/REAJUSTES VARIOS, Expediente Nº 4223/2024”, que remite a los Autos “GIMENEZ, MIRTA NOEMI c/ ANSeS s/REAJUSTES VARIOS" ...". "Amerita aclarar aquí, que a los efectos del recálculo del haber inicial deberán extenderse las pautas determinadas en el fallo “Elliff” (Fallos: 332:1914) hasta el mensual febrero de 2009 inclusive, es decir que hasta entonces las remuneraciones deben actualizarse por el Índice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción (ISBIC), y las posteriores al 01.03.09, hasta el 28 de diciembre de 2017, por las variaciones resultantes de las movilidades establecidas por la Ley N° 26.417 en su redacción original y desde el 29 de diciembre de 2017 a la fecha del otorgamiento del beneficio, mediante la fórmula establecida en las leyes 27.426 y 27.609." Sobre otros puntos confirmados: "En relación al agravio relacionado con índice dispuesto por el Dec. 274/24, ... el índice establecido en el Decreto 274/2024, se ajusta a los criterios de razonabilidad y sustitutividad ... por lo que ha de rechazarse el agravio formulado por la apelante..." y respecto de la exención del impuesto a las ganancias: "corresponde rechazar el planteo efectuado por la demandada, debiendo confirmar lo decidido por el a-quo en cuanto declara exentas del impuesto a las ganancias a las retroactividades emergentes de la sentencia dictada en autos."
- Disidencias: No se consignan votos en disidencia en la parte resolutiva final; la decisión que prevalece es la expresada en el bloque resolutorio transcripto.

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