BOQUEN, MANUELA c/ OMINT SOCIEDAD ANONIMA DE SERVICIOS s/DESPIDO
La actora demandó por despido y reclamó indemnizaciones, diferencias salariales y comisiones. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de primera instancia, impuso las costas de Alzada a la demandada y reguló los honorarios de la Alzada en el 30% de lo que corresponda por lo actuado en primera instancia.
¿Quién es el actor?
Manuela Boquen.
¿A quién se demanda?
OMINT Sociedad Anónima de Servicios.
- Objeto de la demanda: Reclamación por despido (se impugna despido con causa), indemnizaciones derivadas del distracto, diferencias salariales por registración de jornada, diferencias de comisiones, indemnización prevista por DNU 34/2019, multas (art. 2 ley 25.323 y art. 80 LCT), certificados laborales, y otros rubros.
¿Qué se resolvió?
Se confirmó la sentencia apelada en todo cuanto fue materia de recursos y agravios; se impusieron las costas de Alzada a cargo de la demandada; y se regularon los emolumentos de la representación y patrocinio letrado de las partes por los trabajos realizados en esta Alzada en el 30% de lo que les corresponda por la totalidad de lo actuado en la instancia anterior.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
"Nada de ello ocurre en el caso. La demandada se limita a afirmar, en términos puramente dogmáticos, que la sentencia efectuó una valoración parcial y arbitraria de la prueba, que admitió rubros improcedentes, que aplicó automáticamente el régimen de intereses, que el resultado económico es irrazonable, que las costas fueron incorrectamente impuestas y que el conjunto de lo decidido afecta su derecho de propiedad. Sin embargo, en ningún momento identifica cuáles serían los concretos errores en que habría incurrido el magistrado, qué prueba fue indebidamente apreciada, qué fundamento jurídico sería equivocado o cuál debería haber sido la solución correcta."
"Corresponde, por ello, declarar desiertos los agravios de la demandada dirigidos contra la decisión de fondo, los accesorios y las costas, en los términos del art. 116 de la Ley Orgánica."
"Entiendo asimismo que la variación de la cotización del dólar MEP (o cualquier otra divisa, bono u imposición en el mercado financiero) ... no permite valorar la pérdida de poder adquisitivo de la moneda, ni podría reflejar el beneficio que verosímilmente dejó de obtener el trabajador a raíz del retardo en el pago de lo adeudado -de eminente carácter alimentario
- ... Consecuentemente, corresponderá en el caso estar a los lineamientos del art. 55 de la Ley 27.802 para la determinación del monto definitivo de condena ... por lo que propicio confirmar la sentencia apelada en dicho aspecto."
- Votos en disidencia: No hubo voto en disidencia; el Dr. Sudera adhirió al voto de la Dra. García Vior.
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