DOS SANTOS, JOSE c/ TRANSPORTES AUTOMOTORES PLUSMAR S.A. Y OTRO s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor demandó por reparación integral derivada de enfermedades laborales y secuelas de ACV. La Cámara modificó la sentencia de primera instancia: fijó la condena en $20.040.000, adecuó honorarios y accesorios conforme los considerandos del Dr. Sudera e impuso las costas de alzada a las demandadas.
¿Quién es el actor?
Dos Santos José.
- Demandadas: Transportes Automotores Plusmar S.A. y Experta ART S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Demanda por reparación integral por afecciones y secuelas (físicas y psíquicas) derivadas del trabajo/accidente y reclamo de indemnización, accesorios e intereses, más regulación de honorarios.
¿Qué se resolvió?
La Cámara, por mayoría, modificó la sentencia de grado y fijó la condena en la suma de $20.040.000 más los accesorios dispuestos en el considerando V del voto del Dr. Sudera; adecuó la regulación de honorarios conforme el considerando VI del mismo voto; impuso las costas de alzada a las demandadas; y reguló los honorarios por la actuación anterior y en esta instancia conforme lo indicado en la parte dispositiva.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales del voto mayoritario):
1) "Para justipreciar la reparación del daño integral experimentado por el demandante, la judicante de la anterior instancia dijo que debía tenerse en cuenta ... Encontró razonable y adecuada la suma de $65.000.000 a valores del pronunciamiento (27/2/2026) más la de $13.000.000 por daño moral (total: $78.000.000). ... considero que, en el caso particular de autos, el monto de la reparación debe establecerse a la fecha de interposición de demanda (11/11/2020). Ello conlleva a fijar un nuevo importe."
2) "Con tales pautas, estimo que resultaría prudente y equitativo indemnizar el daño material, la alteración del plan de vida del trabajador y pérdida de chance laboral con la suma de $16.700.000. ... Al respecto ... creo que resulta prudente fijar esa reparación [daño moral] en $3.340.000. Consecuentemente, propongo diferir a condena la suma de $20.040.000."
3) Sobre actualización y accesorios: "La ley 27802 ... dispone que ... En relación con el planteo de inconstitucionalidad formulado por la parte actora, ... considero que la norma cuestionada ... supera el examen de razonabilidad, por lo que cabe desestimar el planteo de inconstitucionalidad incoado. ... conforme las pautas legales vigentes del art. 55 ... se impone establecer que el monto de condena se actualice de conformidad con el inciso c) del art. 55 de la ley 27802, desde el 11/11/2020 (art. 1748 CCyC) y hasta su efectivo pago."
4) Regulación de honorarios: "Corresponde establecer sus honorarios por las tareas en la instancia previa ... en la cantidad de 768 UMA; 640 UMA; 640 UMA; 280 UMA; 280 UMA y 250 UMA, respectivamente. ... propongo que se regulen los honorarios por esas actuaciones en el 30% de lo que le corresponda por lo actuado en la instancia anterior a cada una de ellas."
- Votos en minoría o matizaciones: La Dra. Andrea E. García Vior adhiere al voto del Dr. Sudera "en lo que ha sido materia sustancial de controversia" pero consignó expresamente su discrepancia doctrinaria respecto de la validez constitucional del art. 55 de la ley 27802; pese a ello, por razones de economía procesal, acompaña la solución adoptada por la mayoría. Esa posición fue manifestada como adhesión con reserva, no alterando la decisión de la Cámara.
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