AGUERO, ADOLFO EDGARDO c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor demandó por prestaciones derivadas de accidente laboral y reclamó indemnización por incapacidad física y psíquica. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de grado reduciendo la condena a $55.543.139,24, ajustó la regulación de honorarios y dispuso costas de Alzada en el orden causado.
¿Quién es el actor?
Agüero Adolfo Edgardo.
¿A quién se demanda?
Provincia ART SA (Aseguradora de Riesgos del Trabajo).
- Objeto de la demanda: Recurso por condena en reparación por incapacidad (art. 2 y 14 ley 27348) derivada de accidente laboral ocurrido el 10/5/2024; se discutieron porcentajes de incapacidad física y psíquica y la cuantía de honorarios.
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de grado reduciendo el monto de la condena a $55.543.139,24 más los accesorios fijados en grado; adecuó la regulación de honorarios de los profesionales según lo expuesto en el considerando IV del voto del Dr. Sudera; impuso las costas de Alzada en el orden causado; y reguló los honorarios de la representación y patrocinio letrado de las partes para esta sede en el 30% de lo que les corresponda percibir por sus tareas en primera instancia.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales del fallo):
"De las constancias del expte. administrativo se extrae que el actor sufrió un accidente el 10/5/2024 cuando estaba en pleno recorrido despachando mercadería... resbaló con una alfombra y cayó hacia atrás, con la carga encima suyo, golpeando fuertemente sobre la región lumbar, cervical, ambos muslos y hombro derecho."
"El perito médico informó que el actor presenta secuelas en zona cervical (12%), dorso lumbar (14%), hombro derecho (7,35%) y psicológica (8%) más factores de ponderación (4,5%), total: 45,89 % y por aplicación del método de la capacidad restante: 34,64%."
Sobre la incapacidad psicológica: "En ese marco, reitero, no advierto una posible relación causal ni concausal entre el infortunio y un daño psicológico como el aceptado dogmáticamente por el perito médico. Por ende, voto por dejar sin efecto la condena a reparar la incapacidad psicológica."
Cálculo y monto propuesto: "Dado lo propuesto, el porcentaje de incapacidad se reduce a 36,81% ... la prestación del art. 14 ap. 2 'a' LRT arroja la suma de $46.285.949,37 ... más el adicional del art. 3 de la ley 26.773 de $9.257.189,87, totalizando: $55.543.139,24."
Sobre costas y honorarios: "Propongo imponer las costas de alzada en el orden causado por mediar vencimientos recíprocos (art. 71 CPCCN) ... corresponde adecuar la regulación de honorarios establecida en grado al nuevo monto total de condena... establecer sus honorarios por las tareas en la instancia previa en la cantidad de 213 UMA; 196 UMA y 66 UMA, respectivamente... propongo que se regulen sus honorarios en 30% de la suma que le corresponda percibir por la totalidad de lo actuado en la instancia anterior a cada una de ellas."
- Votos: El Dr. José Alejandro Sudera expone los fundamentos y propone las modificaciones; la Dra. Andrea E. García Vior adhiere al voto del Dr. Sudera. No hay disidencia.
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