DÍAZ, JORGE RAMÓN c/ EXPERTA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor demandó a Experta ART S.A. por prestaciones derivadas de accidente de trabajo con secuelas físicas y psíquicas. La Cámara modificó la sentencia apelada, elevó la incapacidad al 19,04% de la T.O. y fijó la condena por prestaciones sistémicas en $3.048.003,22, confirmando además las regulaciones de honorarios en grado.
¿Quién es el actor?
Jorge Ramón Díaz.
¿A quién se demanda?
Experta ART S.A.
- Objeto de la demanda: Reclamo por prestaciones del régimen de la ley 24.557 (accidente de trabajo) por lesión del hombro derecho y daño psíquico, con petición de mayor porcentaje de incapacidad y cuestionamiento sobre actualización e intereses.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente al recurso de apelación del actor, modificando la sentencia de grado para elevar la incapacidad al 19,04% de la T.O. y fijando el monto de condena por prestaciones sistémicas en $3.048.003,22, con más los accesorios dispuestos en grado desde el 24/02/2023; se confirmaron las regulaciones de honorarios practicadas en la anterior instancia (calculadas sobre el nuevo monto), se impusieron las costas de Alzada a la demandada vencida y se regularon los honorarios de la representación letrada de la parte actora en el 30% de lo que le corresponda por su actuación en grado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
1) "En tales condiciones, corresponde restituir la incapacidad psíquica en el 10% de la T.O. determinado por la perito y, por tratarse de secuelas derivadas de un mismo evento dañoso, sumarla en forma directa al 7% de incapacidad física –no controvertido–, lo que arroja un 17% al que, adicionados los factores de ponderación relevados por la experta –tipo de actividad intermedia, 10%, y edad, 2%, esto es, un 12% aplicado sobre el 17%, equivalente a 2,04%–, determina una incapacidad parcial y permanente del 19,04% de la T.O."
2) "Sobre la base del ingreso base mensual determinado en grado a partir de los datos de ARCA –$243.959,96–, del coeficiente de edad –65/63– y de la incapacidad del 19,04%, la fórmula legal (65/63 × 53 × $243.959,96 × 0,1904) arroja un capital de $2.540.002,68, importe que supera el piso prestacional proporcional garantizado ..., Adicionado el incremento del 20% previsto en el art. 3 de la ley 26.773 ... ($508.000,54), el monto de condena por prestaciones sistémicas asciende a $3.048.003,22.-"
3) Sobre la actualización e intereses: "La aplicación de esa solución mayoritaria al sub lite conduciría a un resultado más gravoso para el actor ... en tanto este último adiciona a la repotenciación por RIPTE una tasa pura del 6% anual de la que aquélla prescinde; extremo que, por imperio del principio que veda la reformatio in pejus (art. 277 CPCCN), obsta a toda modificación en su perjuicio. En tales condiciones, corresponde mantener el régimen de intereses fijado en grado."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia; ambos magistrados adhirieron al voto que propuso la modificación.
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