Legajo Nº 25 - QUERELLANTE: UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA, UIF IMPUTADO: KÄMPFER AGUSTINA s/LEGAJO DE APELACION
La UIF apeló la confirmación del sobreseimiento de Agustina Kämpfer por una causa de supuesto lavado de activos vinculada a la compra de un inmueble. La Cámara Federal de Casación Penal rechazó el recurso de casación de la UIF argumentando que las instancias de origen valoraron suficientemente la prueba y que la impugnación consiste en una mera discrepancia valorativa, sin acreditar arbitrariedad ni defecto de fundamentación.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Unidad de Información Financiera (UIF), en carácter de querellante.
Demandado: Agustina Kämpfer (imputada/sobreseída).
Objeto: recurso de casación contra la resolución de la Sala 1 de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional Federal que confirmó el sobreseimiento de Kämpfer por la imputación de lavado de activos respecto de la compra del inmueble en Bonpland 1246 (USD 120.000).
Decisión: se rechazó el recurso de casación interpuesto por la UIF; se tiene presente la reserva del caso federal; se remite la resolución al tribunal de origen. (Sin costas en la instancia).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"las resoluciones mediante las cuales el juez de instrucción dispuso el sobreseimiento de Agustina Kämpfer y la Cámara a quo confirmó dicha decisión no constituyen una derivación razonada del derecho vigente aplicado a las constancias de la causa, por lo que resultan descalificables como actos jurisdiccionales válidos." (voto de Hornos, analiza exhaustivamente la insuficiencia probatoria y propone admitir la casación; ese voto propone casación pero no integra la mayoría final).
"Por lo expuesto, propongo al Acuerdo rechazar el recurso de casación interpuesto por la Unidad de Información Financiera, sin costas (arts. 530 y ccdtes. del C.P.P.N.) y teniendo presente la reserva del caso federal." (voto de Javier Carbajo, que integra la mayoría y propone el rechazo).
"De esa manera advertí que el Poder Ejecutivo de la Nación, al derogar el Decreto PEN N° 2226/2008, mediante el art. 10 del Decreto PEN Nº 274/2025, revocó expresamente la autorización que ostentaba la UIF para intervenir como parte querellante en procesos penales, decisión que rige desde el día de su publicación en el boletín oficial, esto es, el 16 de abril de 2025... En definitiva, por los motivos expuestos, considero que el recurso de casación interpuesto por la UIF es inadmisible, al carecer en la actualidad de facultades legales para querellar..." (voto de Borinsky, que adhiere al rechazo por pérdida de legitimación procesal de la UIF).
Respecto de valoración probatoria y medidas solicitadas: la Cámara consideró que "las constancias reunidas durante la instrucción permiten efectuar una valoración integral del cuadro probatorio que respaldaba la desvinculación de Kämpfer" y que la UIF "se limita a expresar su desacuerdo con la valoración de cuestiones de hecho y prueba, sin demostrar una errónea aplicación de la ley ni un supuesto de arbitrariedad que habilitara la intervención de la instancia casatoria."
- Disidencias relevantes: no hubo disidencia en la resolución final del acuerdo; los votos se expidieron con las consideraciones propias pero la resolución acuerda por mayoría el rechazo del recurso. Se dejó expresa "la reserva del caso federal".
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