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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: DA SILVA, MARIANO FERNANDO s/ROBO DAMNIFICADO: BOLLA, HERNAN EDUARDO

Acusado aceptó juicio abreviado por intento de robo simple; el Tribunal Oral N°12 condenó a Mariano Fernando Cáceres Da Silva a tres meses de prisión de cumplimiento efectivo y costas por robo simple en grado de tentativa. La pena fue considerada proporcional tras valorar prueba, agravantes (valor del objeto y cercanía a la consumación) y atenuantes (conducta en audiencia y proyectos laborales), y se dispone comunicación a Migraciones.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Ministerio Público Fiscal (auxiliar fiscal Dr. Joaquín Buitrago actuó en la audiencia de acuerdo con la defensa y la fiscalía solicitó el abreviado). Demandado: Mariano Fernando Cáceres Da Silva (DNI extranjero 46.242.360), detenido desde el 20 de junio de 2026. Objeto: Imposición de pena por el delito de robo simple en grado de tentativa; trámite por juicio abreviado (art. 431 bis CPPN). Decisión: Se condenó a Mariano Fernando Cáceres Da Silva a la pena de tres meses de prisión de efectivo cumplimiento y costas por resultar autor del delito de robo simple en grado de tentativa; se dispuso vencimiento de la pena el 19/09/2026 (libertad a las 12:00 si no aconteciera antes), caducidad registral 19/09/2036; intimación al pago de tasa de justicia $4.700; comunicación a la Dirección Nacional de Migraciones; notificación a la víctima; registro y archivo.
- Fundamentos principales de la decisión (extractos textuales relevantes): "Tengo por acreditado con la certeza que requiere un pronunciamiento condenatorio ... que MARIANO FERNANDO CACERES DA SILVA intentó sustraer un neceser de color marrón ... que contenía dinero en efectivo, documentos, tarjetas y lentes para ver, que se hallaba en el interior de la camioneta ... propiedad de Hernán Eduardo Bolla." "En efecto, a partir del suceso que he tenido por probado y atendiendo a las circunstancias en las que se verificó, la conducta atribuida a MARIANO FERNANDO CÁCERES DA SILVA constituyó el delito de robo simple en calidad de autor (artículos 42, 45 y 164 del Código Penal)." "La sanción de tres meses de prisión de efectivo cumplimiento pactada por los adversarios procesales ... se presenta razonable dentro de las pautas mensurativas que prevén los artículos 40 y 41 del Código Penal." "Como agravantes pondero el valor de lo sustraido, la elaboración que muestra toda la conducta y que el episodio estuvo más cercano a la consumación que al principio de ejecución. Como atenuantes, la impresión causada por él en la audiencia de visu ... a la que se presentó con intenciones de modificar su vida y la de sus hijos y con proyectos laborales como chef." (No existen votos en disidencia; la resolución fue dictada unipersonalmente por el juez de cámara).

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