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LOS SOLES INTERNACIONAL S.A. c/ BONATTI, ELIZABETH MARIANA s/CONSIGNACION

La actora promovió demanda por despido contra Los Soles Internacional S.A. La Cámara confirmó la sentencia de grado que rechazó la acción por despido, modificando únicamente la regulación de honorarios de la representación letrada de la actora y elevándolos a $3.706.992, e imponiendo las costas a cargo de la actora.

Despido Reserva de puesto Lct art. 211 Confirmacion de sentencia Honorarios Uma Costas Apelacion laboral Regular honorarios por instancia de alzada Ley 27.423


¿Quién es el actor?

BONATTI Elizabeth Mariana (la reclamante).

¿A quién se demanda?

LOS SOLES INTERNACIONAL S.A.
- Objeto de la demanda: Reclamo por despido y demás prestaciones laborales vinculadas.

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó exclusivamente la regulación de honorarios de la representación letrada de la parte actora por los trabajos desarrollados en la instancia anterior, elevándolos a $3.706.992 (48 UMA de $77.229 cada una a la fecha de la sentencia de origen); confirmó en lo principal el decisorio de grado que rechazó la acción por despido; impuso las costas ocasionadas ante esta sede a cargo de la parte actora; reguló por los trabajos efectuados ante esta sede el 30% de lo que corresponda percibir a cada representación letrada por los trabajos desarrollados en la instancia anterior; y ordenó aplicación de normas de notificaciones (Ley 26.685 y acordadas CSJN).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "II. El cuestionamiento articulado por la reclamante en cuanto en origen se rechazó el reclamo inicial por despido, en mi opinión, no ha de obtener favorable recepción. Ello es así pues lo sostenido por la recurrente sobre dicho asunto no logra conmover de manera razonada ni fundada la solución desestimatoria adoptada en la anterior instancia por la Sra. jueza de origen y luce ineficaz a los fines pretendidos. ... en consecuencia, teniendo en cuenta los fundamentos expuestos, que lo sostenido por la parte actora no logra rebatir de manera eficaz ni suficiente la conclusión dada en la anterior instancia, en el contexto fáctica aquí reunido y en el mismo sentido que lo decidido por la Sra. magistrada de origen en su sentencia, '…habiendo vencido el plazo de reserva de puesto, el despido dispuesto resultó ajustado a derecho, lo cual exime a LOS SOLES INTERNACIONAL S.A. de responsabilidad indemnizatoria alguna (cfr. art. 211 LCT)'." "III. En lo que refiere a las apelaciones de honorarios, teniendo en cuenta el mérito, labor e importancia de los trabajos profesionales desarrollados en la anterior instancia, evaluados en el marco del valor económico del litigio, entiendo que los honorarios cuestionados lucen adecuados, excepto los regulados a la representación letrada de la Sra. Bonatti en el despido que se observan bajos por lo que propongo elevarlos a la suma de $3.706.992 (Pesos tres millones setecientos seis mil novecientos noventa y dos) que representa 48 UMA de $77.229 cada una a la fecha de la sentencia de origen (27.10.2025) y confirmar los restantes por lucir adecuados (art. 38 L.O. Ley 27.423 y normativa arancelaria vigente en la materia)."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia en el acuerdo final; el voto del Dr. Perugini adhiere al voto que antecede.

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